Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 24 de agosto de 2008, cuando los procesados, que están desde entonces en libertad provisional, conocieron a la víctima en la discoteca Barlovento y la convencieron para que les acompañara al exterior.
El fallo -que será recurrido en casación por la defensa ante el Tribunal Supremo, según fuentes jurídicas- detalla que los implicados la introdujeron en el asiento trasero de un vehículo, donde la desnudaron y se sucedieron por turnos para penetrarla vaginalmente hasta eyacular en su interior sin utilizar preservativo.
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, que tiene su sede en Elche, sostiene que la chica estaba afectada por la ingesta de alcohol y alguna sustancia que no ha podido ser determinada durante la investigación, lo que anulaba su voluntad y le impedía comprender lo que sucedía.
De acuerdo con el relato judicial, mientras uno de los acusados abusaba de ella en el coche, sus amigos invitaban a otros jóvenes que estaban por el aparcamiento a sumarse a su acción con expresiones como 'entrad, que hay barra libre', 'miradla, si se está quedando dormida con la polla en la boca' o 'venga, que no se entera de nada'.
Algunos de esos jóvenes, que conocían a la víctima porque eran de su mismo pueblo, vieron que no era consciente de lo que ocurría y la sacaron del coche tras recriminar a los agresores su comportamiento. Uno de estos testigos llegó incluso a intentar agredir a uno de los delincuentes tras comprobar que la joven estaba como dormida mientras sufría los abusos, y así lo declaró él mismo en el juicio.
Al día siguiente, la perjudicada no recordaba nada, pero una prima suya que también había presenciado la escena del aparcamiento le contó lo sucedido y la acompañó a un centro de salud y a un cuartel de la Guardia Civil para poner la denuncia.
La víctima tuvo que someterse a tratamientos anticonceptivos y para prevenir posibles enfermedades de contagio sexual durante varios meses y actualmente aún tiene miedo de salir sola a la calle, según la resolución, que establece una indemnización total para ella de 30.000 euros.
Tanto la Fiscalía como la acusación particular, que ejerce la propia afectada, atribuían a cada uno de los acusados tres delitos de abuso sexual, uno en grado de autoría y los otros como cooperadores necesarios de los cometidos por sus amigos.
Las acusaciones solicitaron para los ahora condenados penas de hasta once años de prisión en el transcurso de la vista oral, que se celebró en diversas sesiones diarias y concluyó a finales del pasado mes de abril. Sin embargo, la Audiencia les culpa de un único delito continuado tras citar jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa a abusos sexuales cometidos en grupo, donde los implicados "contribuyen a la configuración de la situación en la que se producen los hechos e intercambian los papeles en las prácticas sexuales".
Tras apreciar la atenuante de dilaciones indebidas, los magistrados fijan las condenas en cuatro años de cárcel, seis meses más del mínimo legal en estas circunstancias y tres años menos de los siete años de máximo al que podían llegar. A su juicio, aunque cerca del mínimo del marco penal, esa condena, que incluye también seis años de alejamiento, es adecuada y refleja el desvalor de los abusos que de modo continuado se produjeron.
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