Daños y perjuicios

Condenado a tres años y medio por mandar cartas a pacientes de su exesposa: les decía que estuvo en prisión por la muerte de una mujer en un aborto

El contexto El hombre ha sido juzgado por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.Javier Lizón - Efe
Escucha esta noticia
0:00/0:00

Un hombre ha sido condenado a tres años y seis meses de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos al difundir datos de pacientes de su exesposa, médico de profesión, lo que le causó daños y perjuicios y la necesidad de terapia psicológica.

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena impuesta por un Juzgado de Barcelona. El caso fue instruido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Barcelona y en el juicio se confirmó la pena de tres años y medio de cárcel para el autor de los hechos, que también indemnizará a su exmujer en 15.000 euros por los daños y perjuicios causados.

El Juzgado de lo Penal declaró probado que la víctima, médico especializada en obstetricia y ginecología, tenía en el ordenador del domicilio el listado de sus clientes. Asimismo explicó que el condenado, "con la intención de vulnerar la intimidad de su expareja, realizó sin su autorización una copia desde el ordenador familiar del registro de pacientes, incluyendo las direcciones de sus domicilios particulares".

Desde diciembre de 2018 hasta mayo de 2019 este escribió cartas a pacientes de la afectada y las depositó personalmente en sus respectivos buzones. Siempre según los hechos declarados probados "con la finalidad de perjudicar a su exesposa tanto en el ámbito personal como profesional en dichas cartas indicaba que había sido condenada a dos años de prisión y tres de inhabilitación profesional por la muerte de una paciente tras practicarle un aborto y en tres de ellas adjuntó una copia de la liquidación de la condena".

Estas cartas fueron recibidas por 18 pacientes de la médico, que como consecuencia de estos hechos ha sufrido daños y perjuicios y ha necesitado tratamiento psicológico. Por su parte, el Juzgado de lo Penal condenó al hombre por un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos pero le absolvió de un delito contra la intimidad del que también estaba acusado, al estimar que está subsumido en el anterior. Además, el alto tribunal rechaza todas las alegaciones del condenado para reivindicar su inocencia en las que entendía que los hechos no fueron suficientemente acreditados por prueba directa.