La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al abogado Emilio Rodríguez Menéndez a cuatro años de cárcel por estafar a cuatro personas en un falso negocio de compra-venta de petróleo, y hacerlo en calidad de abogado cuando estaba suspendido como tal, en 2014.

En la sentencia, remitida este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y que es recurrible ante el Tribunal Supremo, la Sala le considera autor de un delito de estafa agravada, por la que impone tres años de cárcel, y de un delito de usurpación de funciones e intrusismo profesional, por la que le condena a otro año de prisión.

Además, le obliga a pagar una multa de 4.050 euros e indemnizar a las víctimas con casi 120.000 euros, mientras que le absuelve de otros delitos por los que había sido acusado y que no han sido acreditados: apropiación indebida, falsificación en documento público, blanqueo de capitales, fraude procesal y coacciones.

Los hechos ocurrieron en 2014, cuando el famoso abogado ofreció a las tres víctimas actuar como intermediario en un proyecto de compra-venta y suministro de hidrocarburos con la entidad estatal YPF en Buenos Aires. Con este fin, los cuatro afectados entregaron al letrado entre 33.100 y 37.500 euros en efectivo y cubrieron diferentes gastos como alojamiento, vuelos, manutención y billetes de avión por valor de casi 13.700 euros.

Según lo acordado, el abogado debía constituir tres sociedades, a las que representaría legalmente y a través de las cuales tramitaría y gestionaría la compra-venta y suministro del petróleo. Sin embargo, de acuerdo a la sentencia, el ahora condenado, "guiado por el propósito de obtener un enriquecimiento injusto", una vez recibió el dinero "no las depositó en ninguna entidad financiera y se las quedó para sí", por lo que las mencionadas sociedades "nunca llegaron a ser operativas en el ámbito mercantil".

La resolución considera probado el delito de estafa por la declaración de los perjudicados, las pruebas testificales practicadas durante el juicio y "la numerosa documental" aportada, como la que refleja la retirada de efectivo en la sucursal bancaria por parte de las víctimas. Todo ello frente a la negativa del acusado, quien aseguró durante el juicio que no recibió "ni una peseta" de las víctimas, sino que ocurrió "al revés", y eran ellos los que se habían aprovechado de él.

Sobre el delito de usurpación de funciones e intrusismo profesional, la Sala ha concluido que Rodríguez Menéndez actuó "en calidad de letrado en ejercicio", entre otros motivos porque siempre se identificaba como tal y recibía a las víctimas en su despacho, a pesar de que estaba suspendido para ejercer tal actividad.

El juicio se celebró el pasado mes de abril tras aplazarse en tres ocasiones, en las que el entonces acusado alegó problemas de salud y que faltaban por practicar diligencias, y en la vista el procesado vistió la toga de letrado y solicitó ejercer como abogado, lo que le fue denegado.

Rodríguez Menéndez saltó a la fama en la década de los 90 por llevar casos muy mediáticos, como el de los policías condenados por la desaparición de Santiago Corella, el Nani; el de Nieves Soldevilla, más conocida por la Dulce Neus, y el del Dioni, el famoso guardia de seguridad que robó un furgón con dos millones de euros.

En 1999, resultó gravemente herido al recibir un disparo cuando llegaba a su domicilio de Las Rozas (Madrid), hecho por el que fue condenada su entonces esposa, Laura Fernández, a 11 años de cárcel por planear asesinar a su marido. A partir de 2004, comenzó a encadenar él también condenas por delitos fiscales y de otro tipo: desde la difusión de un vídeo sexual en el que aparecía el entonces director del diario 'El Mundo', Pedro J. Ramírez, hasta varios delitos de fraude a la Hacienda Pública.