La Justicia no solo ha condenado al agresor de Carlota Prado, José María López, a 15 meses de cárcel por abusar sexualmente de la joven en Gran Hermano, sino también a la productora del programa, que deberá indemnizar a la víctima por haberle mostrado las imágenes del ataque sola y sin prepararla antes. A esto se suma la indemnización que debe abonarle la empresa en calidad de responsable civil subsidiaria por el daño moral derivado del propio abuso sexual.
De esta forma, la sentencia, a la que ha tenido acceso laSexta, escinde la responsabilidad civil de la productora, Zeppelin Televisión S. A., en dos hechos causantes: por una parte, el propio delito, que genera un daño moral por el que debe resarcir a la víctima con 6.000 euros, y, por otro lado, el hecho de haberle mostrado las imágenes "sin preparación alguna", por lo que la productora deberá indemnizarla con otros 1.000 euros.
De lo primero, precisa el fallo, sería responsable el propio condenado, pero, con respecto a lo segundo, sostiene que "el acusado nada tiene que ver en la decisión de mostrar las imágenes de esa manera a la perjudicada y que ello es decisión y responsabilidad directa de Zeppelin".
Con respecto a la exhibición del vídeo, la sentencia recoge en su relato de hechos probados que las grabaciones fueron mostradas a Carlota Prado a la mañana siguiente de tener lugar los abusos sexuales, "en una sala aislada" -el 'confesionario' del reality- donde la víctima estaba "sola y sin más compañía que la voz en off del conocido como Súper, sin preparación alguna acerca de lo que se le iba a mostrar, sin asistencia previa de persona alguna".
"En esta condiciones -agrega la sentencia- el visionado de lo que había ocurrido provocó en Carlota Prado, ya plenamente consciente, un profundo malestar, sorpresa y dolor y, posteriormente, ansiedad y estrés que acabaron produciéndole en fechas posteriores un trastorno psicológico".
Por otra parte, si bien el fallo considera que "era inevitable" que los responsables de Zeppelin comunicaran a Carlota Prado lo sucedido, agrega que la responsabilidad no deriva de comunicárselo, "sino de la forma descuidada en que se hace".
Los hechos tuvieron lugar en 2017 y ya en 2019 salió a la luz el momento en que la organización de Gran Hermano comunicó a la concursante el abuso sexual del que había sido víctima. La joven, tal y como puede verse en el vídeo sobre estas líneas, estaba sola en la sala en ese momento, llorando y presa del abatimiento, mientras que la voz en off llegó a ofrecerle la posibilidad de abandonar el reality "sin ningún tipo de penalización".
En este caso, el agresor ha sido condenado en aplicación del Código Penal anterior a la reforma del 'solo sí es sí', más dura en estos casos, porque la legislación anterior le beneficia: cuando se produjo el hecho existía el delito de abuso, castigado con penas de prisión de entre uno y tres años, un tipo penal que ha desaparecido con la entrada vigor de esta norma, en virtud de la cual se trataría de un delito de agresión sexual penado con entre uno y cuatro años de cárcel.
La productora afirma que "obró de buena fe"
Tras conocerse la sentencia, la productora ha emitido un comunicado en el que "muestra su respeto" a la decisión judicial y hace hincapié en que "los hechos enjuiciados se pusieron en conocimiento de las autoridades por la propia productora", así como en que esta "intervino paralizando la conducta" del ahora condenado, que fue expulsado del programa.
Asimismo, justifica la decisión de mostrar el vídeo a la víctima para "evitar incorrecciones u omisiones que pudieran producirse en una comunicación verbal" y que "se permitió que lo viese sola por considerar que así se respetaría la intimidad". "Zeppelin siempre obró de buena fe", defienden desde la empresa, que sostiene que su voluntad siempre fue proteger a la víctima y traslada "su firme política de tolerancia cero ante cualquier agresión sexual".
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