Quezada, que ha confesado la autoría del asesinato de Gabriel Cruz ante la Guardia Civil y ante el juez, ha sido enviada a prisión provisional, comunicada y sin fianza este jueves 15 de marzo, acusada de acabar con la vida del niño de ocho años al que se le perdió la pista el pasado 27 de febrero y que, tras 12 días desaparecido, fue hallado muerto.
Tras su confesión, se lanzó una iniciativa popular en la plataforma change.org, cuenta con más de 400.000 firmas de apoyo, para que sea reclamada por la Justicia de República Dominicana y "obligada a cumplir pena de prisión perpetua" en alguna de las cárceles de ese país.
La organización 'SOS Racismo' denuncia que el color de piel de Ana Julia Quezada ha influido, y mucho, en el aluvión de mensajes racistas que se han vertido en la red en torno al caso de Gabriel Cruz. El machismo o la xenofobia contra Ana Julia, mujer y de origen dominicano, también han asomado a consecuencia del asesinato del pequeño en Níjar.
Sin embargo, expertos en Derecho Penal y en Extranjería han explicado que no es posible que Quezada, a quien se le expidió el Documento Nacional de Identidad (DNI) el 20 de noviembre de 2008, sea enviada a su país cuando haya una sentencia condenatoria firme.
El coordinador de los Servicios de Extranjería y Asilo del Colegio de Abogados de Madrid, el abogado Marcelo Belgrano, ha explicado que "en absoluto podría ser posible". Según ha precisado, es "indispensable" ser extranjero para poder ser expulsado a raíz de una condena, además de que exista un convenio bilateral sobre ejecución de sentencias y cumplimientos de condena.
"No hay españoles de primera y de segunda", ha subrayado el abogado, insistiendo en que Quezada es española al tener la documentación. "Decir que cumpla condena fuera porque su origen es de otro país me parece triste", ha remarcado, para después incidir en que "no hay ningún motivo por el que un español deba cumplir una condena fuera de España".
En este mismo sentido se ha pronunciado el abogado experto en derecho penitenciario, Carlos García Castaño, que sostiene que "no se podría" expulsar a ninguna persona con nacionalidad española porque el artículo 89 del Código Penal "no contempla el supuesto de expulsión de españoles".
Además, según ha explicado, en virtud de este artículo, la posibilidad de sustituir la condena a una persona extranjera por la expulsión se contempla únicamente para delitos penados con menos de cinco años. "Cumplirá su condena en España y no hay nada más que hablar", ha incidido la experta Noemi Alarcón, integrante de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española.
Una casa para Pepica
Pepica, con 89 años, perdió su hogar en la DANA: su familia lanza campaña en redes para reconstruir su casa
Su historia El 29 de octubre de 2024, la riada arrasó con la casa de Pepica. Su hijo la salvó abriendo una salida improvisada. Ahora, su familia impulsa un crowdfunding para reconstruir su hogar y recuperar lo perdido.