Borja había sido condenado a dos años de prisión y 180.000 euros de indemnización por un delito de homicidio por imprudencia grave tras el fallecimiento del atracador de una mujer al que se enfrentó en la calle. Ahora, el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga ha acordado dar el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de de prisión al joven.

El juez considera procedente otorgar dicho beneficio por un plazo de cuatro años, plazo que ha de entenderse como "adecuado, tanto porque la pena a suspender se encuentra justo en el límite máximo que lo posibilitaría, por encima del cual ya no procedería la suspensión por la específica vía por la que va a ser concedida, como por la necesidad de que puede facilitarse y se garantice el abono de la responsabilidad civil".

Eso sí, el juez afirma que esta suspensión se concede con la condición de que no vuelva a delinquir, que comunique cualquier cambio de domicilio y que proceda a "satisfacer la responsabilidad civil en la forma y plazos que finalmente se determine por este Juzgado". Si, por el contrario, incumple estas obligaciones, la suspensión sería revocada.

Además, el joven se comprometió a realizar pagos mensuales de 250 euros al mes. El auto indica que "por exigua" que pueda parecer esta cantidad, puede considerarse como una manifestación del compromiso en satisfacer dicha responsabilidad. Por último, indica que si no paga, se puede evaluar si se trata de "un incumplimiento voluntario, o si obedece, más bien, a la imposibilidad material del reo de afrontarlo".