La legislación en materia de metales preciosos establece que, para que una aleación pueda considerarse "plata de primera ley", debe contener 925 milésimas de plata, o lo que es lo mismo, un 92,5% de plata pura.
Sin embargo, en las joyas de Tousanalizadas por el Instituto de Nanoquímica de la Universidad de Córdoba (IUNAN) la cantidad máxima de plata hallada fue de tan solo el 66,2%, según recoge 'El Independiente'. Una cuantía que ni siquiera es suficiente para ofertar una pieza como "plata de segunda ley" (800 milésimas u 80% de plata), según la normativa.
El dato se conoce en el contexto de la investigación que la Audiencia Nacional ha abierto a la firma de joyería para esclarecer si, como sostiene la Fiscalía, la compañía ha vendido joyas rellenas de material no metálico, pese a publicitarlas como si fueran íntegramente de oro o plata. Tous, por su parte, rechaza estas acusaciones: asegura que todas sus joyas de oro y plata "son siempre de primera ley" y cumplen con todos los estándares de certificación de metales preciosos.
No obstante, según recoge la Fiscalía en su escrito, consta un informe fechado a cuatro de octubre de 2018 del mencionado Instituto de Nanoquímica, en el que se indica "la ausencia de material metálico y la existencia de una estructura hidrocarbonada en las piezas".
Pero además, de acuerdo con la información de 'El Independiente', de su análisis se desprende que el porcentaje máximo de plata en una de las piezas era del 63,7%, mientras que en otras dos joyas analizadas por la misma entidad, el porcentaje de metal precioso fue del 66,2 y el 59,2%, respectivamente. Cifras que, en ninguno de los casos califican como "plata de primera ley", pero tampoco de "segunda ley", según la legislación vigente.
En su escrito, el Ministerio Público asimismo recoge la existencia de un segundo informe, este del Laboratorio de Análisis y contraste de metales preciosos ECOMEP de Córdoba, en el que se apunta a la existencia de "relleno no metálico" en piezas de Tous.
Según el citado medio, las joyas analizadas en este otro laboratorio presentaban 743,8 y 734,7 milésimas de plata, respectivamente, por lo que tampoco se ajustan a la definición legal de "plata de ley".