Las personas mayores de 6 años tendrán queusar mascarilla de manera obligatoria a partir de este jueves en los espacios abiertos y cerrados, siempre y cuando no se pueda garantizar un distanciamiento interpersonal de, al menos, dos metros.

En la orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado se establece que la utilización de este elemento de protección se aplicará desde este jueves, 21 de mayo, y finalizará cuando acabe el estado de alarma. "La presente orden surtirá plenos efectos desde el día siguiente al de su publicación y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas", señala el escrito.

El Gobierno apunta que "el uso generalizado de mascarillas para reducir la transmisión" delcoronavirus "está justificado" por la capacidad que tienen para "bloquear la emisión de gotas infectadas". Por ello, a partir de mañana su utilización será de obligado cumplimiento en la vía pública, en espacios abiertos y en espacios cerrados a los que pueda acceder el público, cuando no esté garantizada una distancia mínima de dos metros.

Casos en los que no será obligatorio su uso

Aparte de lo destacado anteriormente, el Gobierno destaca en esta orden que hay casos y/o personas que quedarán exentas de cumplir la normativa:

· Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

· Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

· Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla. Un ejemplo es la ingesta de alimentos o bebidas.

· Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Mascarillas que se pueden utilizar

Hay tres tipos de mascarillas: higiénicas, quirúrgicas y de protección individual (FFP1, FFP2 y FFP3). Si bien, el Gobierno recomienda el uso de las dos primeras porque las que corresponden a los Equipos de Protección Individual (EPIs) están destinadas a personal sanitario en contacto con la enfermedad.

Higiénicas: Son un complemento a las medidas de distanciamiento físico e higiene recomendadas por el Gobierno y se aconseja su uso para las personas sanas y sin contacto con el virus.

Quirúrgicas: Recomendadas las personas que presentan síntomas o sean positivas asintomáticas, ya que están diseñadas para filtrar el aire exhalado y evitan la dispersión vírica al estornudar, toser o hablar.

Tipo EPI (Equipos de Protección Individual): Recomendadas solo para el personal sanitario, personas en contacto con el virus, así como para grupos vulnerables.