El DNI en España es obligatorio a partir de lo 14 años de edad para todos los ciudadanos, aunque también se puede adquirir de manera voluntaria antes de esa edad. La expedición del documento se realiza siempre con cita previa en una comisaría de Policía Nacional, aportando de esta manera todos los documentos necesarios para dicha expedición.

Las tasas a abonan no son de carácter fijo, sino que al estar sujetas a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y pueden variar en función de lo que dictamine el Gobierno. La cuantía para la renovación del DNI este año es de 12 euros y hay que abonarla en efectivo en la oficina de expedición a la que se acuda, aunque también se puede pagar telemáticamente a través de la página web. Este precio es el mismo para todos los casos como la renovación por caducidad, extravío, sustracción, anticipo o deterioro.

Pero hay dos opciones para poder evitar pagar la tasa. La primera es ser familia numerosa, en este caso todos los miembros del núcleo familiar están exentos de pagar cualquier importe.

La segunda opción, si no puedes acogerte a la primera, es renovar el DNI en tiempo y forma debido a un cambio de domicilio. Es decir, si te vas a mudar y quieres que tus datos aparezcan correctamente en el Documento Nacional de Identidad, tendrás que pedir la cita previa y aportar el padrón del lugar donde vas a vivir, de esta manera estarás exento de pagar tasas por renovación.

Además, hay otro caso en el que no hay que pagar tasas, pero este ya no tiene mucho que ver con nuestra propia persona. Se dan casos en los que la lectura del chip del DNI da error o el personal del equipo de expedición comete un fallo en la inscripción del mismo, en estos casos tampoco habría que pagar las tasas.