El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la nulidad del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Alcoa en su planta de aluminio de San Cibrao (Lugo), después de rechazar el recurso de la compañía a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de finales del año pasado.

El Alto Tribunal ha adelantado el fallo, aunque el texto completo de la sentencia se conocerá en los próximos días. El TSJG entendió en su sentencia que la compañía había incurrido en mala fe negocial durante el periodo de consultas con los sindicatos, por lo que había declarado nulo el despido colectivo.

La sentencia, que ya es firme, impide a Alcoa apagar las cubas de electrolisis ni echar a los 524 trabajadores afectados. Esta cifra solo hace referencia a los empleos directos, ya que contando la industria auxiliar serían varios centenares más.

La plantilla de Alcoa San Cibrao cumplió el 27 de octubre un mes de huelga indefinida, acción reivindicativa que retomaron el mismo día del mes de septiembre ante la "notoria" falta de avances en la venta de la factoría.

El presidente del comité de empresa de la compañía, José Antonio Zan, se ha mostrado satisfecho por el fallo del Supremo. En declaraciones a EFE, Zan ha hecho una "valoración positiva" de esta noticia, que llega precisamente en un momento en el que las negociaciones para la posible venta de la planta de aluminio están aparentemente encalladas, sin avances significativos en las últimas semanas.

La resolución del Tribunal Supremo "confirma lo que veníamos diciendo desde el primer momento, que la compañía actuó de mala fe" al plantear un ERE en la fábrica de aluminio primario que, de haber salido adelante, podría haber dejado en la calle a más de quinientos trabajadores.

Ahora, ha dicho Zan, queda “sentarse de nuevo a la mesa de negociación” para tratar de buscar “una salida a esta situación”, tanto por parte “de las administraciones como de la propia Alcoa”, bien sea a través de “una venta directa”, con la correspondiente “garantía de la operación a través de un organismo público”, o mediante la intervención de la SEPI.