El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite los recursos de los nueve condenados por el procés contra la sentencia del Tribunal Supremo. Así, la corte de Estrasburgo revisará la sentencia y da de plazo al Gobierno español hasta el 12 de enero de 2024 para presentar alegaciones. El Ejecutivo tendrá así que pronunciarse al respecto en un momento muy delicado, en plenas negociaciones con Esquerra Republicana y Junts per Catalunya para investir a Pedro Sánchez.

En su escrito, el TEDH recoge que los nueve recurrentes -Jordi Turull, Jordi Cuixart, Josep Rull, Jordi Sànchez, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Raül Romeva, Oriol Junqueras y Joaquim Forn- invocan el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y denuncian haber sido víctimas de una interpretación "extensa e imprevisible" de los delitos de sedición y malversación por parte del Alto Tribunal.

Del mismo modo, denuncian una presunta infracción de los artículos 10 y/o 11, relativos a la protección de las libertades de expresión y reunión y asociación. Argumentan que fueron condenados por sedición cuando "únicamente habían animado a participar en manifestaciones en defensa del proceso de independencia y en un referéndum". Consideran además que las condenas que recibieron tuvieron un "efecto paralizador" sobre el ejercicio de las citadas libertades fundamentales.

Cuixart, Bassa, Romeva y Junqueras apelan además al artículo 5 del Convenio, que consagra el derecho a la libertad y la seguridad, alegando que su encarcelamiento fue "desproporcionado" y que solo se basó en un "legítimo ejercicio del derecho a la libertad de reunión y expresión".

Forn, por su parte, también denuncia una presunta violación de su derecho a una causa justa -recogido en el artículo 6-, alegando que no tuvo acceso al expediente del proceso. Turull, Bassa, Romeva y Junqueras denuncian a su vez que fueron condenados sin pruebas, amparándose en el mismo artículo del Convenio.

Forcadell, Bassa, Romeva y Junqueras alegan también una infracción del artículo 3 del Protocolo I del Convenio, alegando que su condena ha interferido de forma "desproporcionada" en sus derechos políticos. Además, los recurrentes consideran que se ha violado el artículo 18, que recoge la limitación de la aplicación de las restricciones de derechos.

Ante estas reclamaciones, el tribunal plantea una serie de cuestiones a las partes, a las que pregunta si, en efecto, se produjeron las intromisiones que denuncian los condenados por el procés. En este sentido, la corte de Estrasburgo da al Gobierno español hasta el 12 de enero para responder y para explicar su postura con respecto a una posible resolución amistosa y, en su caso, las propuestas que quiera realizar en este sentido.

De esta forma, el Ejecutivo tendrá que pronunciarse sobre la sentencia del procés en un momento particularmente complejo, en plenas negociaciones con los partidos independentistas catalanes para revalidar el mandato de Sánchez.