Varapalo al PP

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Gobierno de Ayuso contra la ley de amnistía

El contexto La presidenta madrileña se adelantó a Feijóo al anunciar el año pasado que todas las comunidades presididas por el PP iban a presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la norma. Ahora, la corte de garantías rechaza el que planteó su Ejecutivo.

 La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, durante una sesión plenaria de la Asamblea de Madrid, el 20 de noviembre de 2025 en Madrid, España. La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, durante una sesión plenaria de la Asamblea de Madrid, el 20 de noviembre de 2025 en Madrid, España. GettyImages
Escucha esta noticia
0:00/0:00

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de inconstitucionalidad de la Comunidad de Madrid contra la ley de amnistía, que sigue así la misma suerte que el recurso del Partido Popular, que el tribunal de garantías ya desestimó en junio, avalando así la norma y marcando el camino para el resto de impugnaciones que tenía que dirimir al respecto.

El recurso del Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso es precisamente uno de los últimos que quedaba por resolver en el Constitucional. La presidenta madrileña, recordemos, se adelantó a la dirección nacional de su partido para anunciar, en mayo del año pasado, que todas las comunidades autónomas gobernadas por el PP iban a presentar recursos contra la citada norma, que se aprobó por ese entonces.

Ahora, fuentes jurídicas citadas por Europa Press y Efe detallan que la mayoría del pleno ha rechazado los argumentos en contra del Gobierno madrileño, como ya hizo con los recursos de Andalucía, Murcia, la Comunitat Valenciana y Castilla y León. Lo ha hecho por una mayoría de seis votos a favor de la mayoría progresista frente a cuatro votos en contra del bloque conservador, que considera la ley inconstitucional y así lo plasmará en votos particulares.

El Constitucional ya sentó la doctrina sobre este asunto en junio, cuando avaló la ley de amnistía, salvo en determinados aspectos, al rechazar el recurso del PP. La mayoría progresista del tribunal concluyó entonces que la medida no está prohibida en la Constitución y que persigue una finalidad legítima, descartando la "autoamnistía".

La corte de garantías declaró que "el legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente", rechazando así que la amnistía requiriese una "habilitación expresa" en la Carta Magna. Posteriormente, el Constitucional también desestimó las cuestiones de inconstitucionalidad que plantearon el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

*Sigue a laSexta en Google. Toda la actualidad y el mejor contenido aquí.