El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena al sentenciar que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el procés reclamados para ser juzgados en España, entre ellos el expresidente catalán Carles Puigdemont, basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.

La sentencia dictada por la Gran Sala del tribunal europeo, ante la que no cabe recurso y es de obligado cumplimiento, responde a las cuestiones prejudiciales remitidas por Llarena en marzo de 2021 después de que la Justicia belga rechazara entregar al exconseller Lluis Puig por considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que de ser entregado en España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia.

Llarena planteó las cuestiones prejudiciales sobre las euroórdenes en 2021, después de que la justicia belga denegara la entrega a España del exconseller de Cultura Lluís Puig, al considerar que era el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y no el TS quien debía emitir la euroorden y que si lo extraditaba se violarían sus derechos fundamentales.

En paralelo, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) tiene pendiente resolver sobre el recurso que Puigdemont y los exconsellers y eurodiputados de JxCat Toni Comín y Clara Ponsatí presentaron contra la decisión del Parlamento Europeo de retirarles la inmunidad, después de que el Tribunal Supremo solicitara el suplicatorio para poder extraditarlos y juzgarlos en España.

Tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno, Llarena reformuló el auto de procesamiento contra Puigdemont para suprimir el delito de sedición, ya derogado, y dejó sin efecto las euroórdenes contra él y los otros dos eurodiputados de Junts, a la espera de la sentencia del TJUE del próximo martes y la del TGUE sobre su inmunidad como europarlamentarios.

Ante la cuestión prejudicial planteada por Llarena, el Abogado General de la Unión Europea, ya había descrito que Bélgica no puede cuestionar la competencia del Supremo para emitir las euroórdenes ni puede denegar la extradición por posible vulneración de derechos fundamentales sin demostrar la existencia de "deficiencias sistémicas" respecto al Estado de Derecho.

Ahora, con esta decisión, Llarena podría reactivar de inmediato con una nueva euroorden el proceso de entrega de Lluís Puig, procesado por un delito de malversación y que no es eurodiputado, por lo que su eventual extradición no depende de lo que la justicia europea decida sobre la inmunidad.