El Tribunal Supremo desestima la petición de Vox de paralizar el debate de investidura mientras estudia si admite a trámite la querella que este martes presentaba la formación de extrema derecha contra el presidente en funciones Pedro Sánchez, el expresidente catalán Carles Puigdemont, el PSOE y Junts por la supuesta "comisión de los delitos de cohecho, encubrimiento o colaboración del terrorismo, usurpación de funciones del Poder Judicial y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos", en el marco de las negociaciones para la investidura.

La Sala de lo Penal ha adoptado esta decisión "al no existir elementos que justifiquen la procedencia de suspensión del acto parlamentario dirigido a la investidura del presidente del Gobierno".

La realidad es que esa suspensión cautelar solo podría haberse dado por la vía penal si se estuviera produciendo de forma flagrante algún delito que, de esa forma, se tendría que evitar con la suspensión del pleno de investidura.

En este contexto, la Sala ha designado ponente para conocer la causa de la querella de los de Abascal, conforme al turno previamente establecido, al magistrado Eduardo de Porres.

Además, ha dado un plazo de cinco días a Vox para que aporte poder especial donde conste contra quién va dirigida la querella y el delito. Es decir, que Vox especifique los detalles de la querella que ha presentado.

El Tribunal se pronunciará en su momento sobre la admisión o no a trámite de la querella.