Caso Santos Cerdán

El Supremo desestima el recurso de Santos Cerdán y confirma la prisión provisional sin fianza

Los detalles El juez Leopoldo Puente desestima el recurso de reforma presentado por Santos Cerdán contra el auto en el que el juez acordó que no había lugar a modificar la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza, impuesta a Cerdán el 30 de junio de 2025.

Imagen de archivo de Santos Cerdán.Imagen de archivo de Santos Cerdán.Agencia EFE

Santos Cerdán se mantendrá en prisión provisional, comunicada y sin fianza. En un auto al que ha tenido acceso laSexta, el juez instructor Leopoldo Puente desestima el recurso de reforma presentado Cerdán contra el auto, de 18 de septiembre, en el que se mandó al exdiputado socialista a prisión el 30 de junio.

En el auto, de 10 páginas, se detalla que la investigación determinará el papel de Servinabar. "Será la investigación la que determine si en las obras posteriores, a las que el recurrente ahora se refiere, puede identificarse o no alguna participación de Servinabar, o si ésta permaneció por entero ajena a la adjudicación y ejecución de aquellas, por más que el método empleado en las adjudicaciones pudiera ser el mismo que el efectivamente utilizado con anterioridad en aquellas en las que Servinabar 2000 sí participó, precisamente formando U.T.E. con Acciona Construcción", expone el magistrado.

El magistrado considera que pensar que los audios están manipulados es una "especulación". El juez Puente habla de la "insistencia" de Cerdán en ver como "hipótesis razonable y no meramente especulativa" que esos audios con Koldo García y José Luis Ábalos "podrían haber sido manipulados" por Rubén Villalba, considerando "difícil acompañar a la parte en sus razonamientos".

El juez insiste: hay riesgo de destrucción de pruebas

El juez insiste en que hay riesgo de destrucción de pruebas y que Cerdan podría ser quien recibía el dinero de los constructores y lo repartía. En el auto, el juez explica que "los indicios apuntan" a que Cerdán "es la persona que habría de tener cabal conocimiento del proceso completo y quien, en consecuencia, podría dificultar seriamente el devenir de la investigación, ocultando, destruyendo o alterando pruebas relevantes en los términos en los que se deja referido tanto en el auto que acordaba la prisión provisional como en el que ahora se recurre".

Si "esos elementos", esas "pruebas" relevantes, estuvieran ya en la investigación, entonces sí, la medida cautelar carecería de soporte legítimo. Pero todavía no lo están, aunque se trabaja intensamente en su eventual hallazgo.

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