Irá a juicio

El Supremo confirma el procesamiento del fiscal general del Estado por revelación de secretos

¿Por qué es importante? Ya nada va a salvar del banquillo a Álvaro García Ortiz. La Sala de Apelaciones del alto tribunal se fractura para sentar por primera vez en la historia en el banquillo al jefe del Ministerio Público.

Imagen de archivo del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
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El Tribunal Supremo confirma el procesamiento del fiscal general del Estado por revelación de secretos. La Sala de Apelación del alto tribunal ha desestimado los recursos de apelación que habían interpuesto la Fiscalía y la defensa de Álvaro García Ortiz al considerar que los indicios recabados durante la instrucción son suficientes para que se pueda formular acusación por los hechos investigados.

Una decisión que la Sala ha adoptado dividida, por dos votos a uno, con el voto particular del magistrado progresista Andrés Palomo. A favor del procesamiento se han posicionado los magistrados conservadores Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres.

El alto tribunal archiva, en cambio, la causa contra la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, que no será juzgada. En su caso, la Sala ha acordado por unanimidad el sobreseimiento y archivo de las actuaciones por considerar que los indicios acumulados durante la instrucción son insuficientes para formular acusación y que en su actuación no hubo indicios de la comisión de delito.

El primer fiscal general juzgado

Así las cosas, ya nada va a salvar del banquillo a García Ortiz. Por primera vez en la historia va a ser juzgado un fiscal general del Estado, que irá a juicio por revelación de secretos por la filtración del ya famoso correo electrónico en el que el abogado de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, admitía los delitos fiscales en nombre de su cliente. El novio de la presidenta madrileña está, a su vez, a un paso del banquillo, acusado de fraude fiscal y falsedad documental.

García Ortiz, por su parte, ha agotado todas las vías posibles para evitar el juicio. El que ahora ha desestimado la Sala de Apelación era el último recurso que quedaba contra la decisión del juez instructor, Ángel Hurtado, que le separaba del banquillo de los acusados. La Sala de Apelaciones llevaba meses deliberando sobre este asunto y finalmente no ha habido unanimidad, pero dos magistrados conservadores han impuesto su mayoría sobre el otro miembro de la Sala, que ha emitido un voto particular.

Así, la Sala considera por mayoría que sí que hay indicios de delito en la actuación de García Ortiz, a pesar de que borró el contenido de su teléfono móvil y no se encontraron evidencias directas de que fuera él quien filtró el e-mail de la confesión de González Amador a los medios de comunicación.

Desmentir un bulo no justifica revelar secretos

En su auto, al que ha tenido acceso laSexta, el Supremo señala que no se cuestiona que la Fiscalía General "pretendiera legítimamente salir al paso de informaciones que consideraba inveraces", pero cree que para desmentir un bulo "no era preciso revelar información reservada". "Las noticias que circularon y que sirvieron de contexto previo para la reacción de la Fiscalía no justifican la comisión de un delito (...) no se puede revelar un dato confidencial para rebatir un hecho que se considera incierto", argumenta.

La Fiscalía, recordemos, emitió un comunicadoen el que aclaraba que era la defensa de González Amador quien había buscado un pacto con el Ministerio Público y no al revés, como había difundido el jefe de gabinete de la presidenta madrileña, Miguel Ángel Rodríguez. Posteriormente, el foco de la investigación por revelación de secretos se trasladaría de esa nota a la filtración del correo con la confesión de los delitos fiscales.

Con respecto a Rodríguez, la Sala de Apelación dice que "debía conocer" el contenido del e-mail, pero sostiene que "no hay ninguna evidencia" de que lo filtrara y que "una filtración de así estaría en contradicción con la información que el citado periodista dio al diario 'El Mundo'", en la que se decía que la iniciativa para buscar un acuerdo había partido de la Fiscalía, cuando no fue así.

El borrado como elemento incriminador

La Sala hace además hincapié en que "no puede pasarse por alto" que el fiscal general "borró los correos electrónicos de su cuenta de correo personal y también todos los mensajes de WhatsApp, lo que ha impedido a los investigadores, a pesar de los esfuerzos realizados a tal fin, acceder a toda la información que existía sobre las comunicaciones de los investigados". Y apunta "es de común experiencia que un borrado de datos se hace de elementos que puedan resultar desfavorables".

Los magistrados creen que ese borrado "tuvo por finalidad ocultar la información ante una posible investigación". "La desaparición intencionada de pruebas es un potente contra indicio que se utiliza habitualmente por los tribunales", esgrimen.

Así, y tras enumerar los indicios contra García Ortiz, la Sala concluye que la filtración del correo y su posterior inclusión en la citada nota informativa -que no descartan sea delictiva por incluir párrafos del correo de la defensa de González Amador- "fue una actuación coordinada e impulsada personalmente por el Fiscal General del Estado, quien había reclamado el correo dos horas antes de su publicación con objeto de su difusión".

No ve acreditado que siguiera órdenes de Moncloa

Por otra parte, aunque el juez instructor, Ángel Hurtado, sostuvo que el fiscal actuó siguiendo "indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno", la Sala de Apelación admite ahora que "ciertamente esa afirmación fáctica no ha sido acreditada con suficiencia por lo que su inclusión en el relato fáctico era prescindible".

No obstante, sostiene que el reproche sobre esa alusión "carece de relevancia alguna en la medida en que la continuación del proceso acordada no afecta a ninguna persona vinculada con esa institución".