La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que declara su falta de competencia para el conocimiento de la querella que Podemos presentó contra el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo por un posible delito de prevaricación judicial por su decisión sobre la sentencia del impuesto de hipotecas.

Le advierte que la Sala correcta es la especial del artículo 61, que es la que entiende de acciones contra sus magistrados.

Por ello, el Supremo archiva las actuaciones en la Sala de lo penal "sin perjuicio del derecho que asiste al querellante a reproducir su petición ante el órgano correspondiente".