Caso Koldo
Santos Cerdán presenta un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para salir de prisión
El contexto La Sala de Apelaciones del Supremo ya rechazó la petición de la defensa de excarcelar al exdirigente socialista, que ingresó en la prisión de Soto del Real el pasado 30 de junio.

La defensa de Santos Cerdán ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para que, de manera cautelar, suspenda la prisión provisional de su representado. El que fuera secretario de Organización del PSOE esgrime que se ha vulnerado su derecho fundamental a la libertad, a la integridad moral, a no confesarse culpable y a la defensa.
El ya exdirigente socialista ingresó en la prisión de Soto del Real el pasado 30 de junio, tras declarar como investigado ante el juez Leopoldo Puente, que instruye el 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo. El magistrado le impuso esa medida cautelar al apreciar riesgo de destrucción de pruebas y, en menor medida, también de fuga. Su defensa interpuso entonces un recurso pidiendo su excarcelación, pero la Sala de Apelaciones del Alto Tribunal lo rechazó.
La Sala consideró que persistía el riesgo de destruir pruebas y que los indicios de su participación en la trama de presuntos amaños de contratos de obra pública a cambio de mordidas son "nutridos y poderosos". Además, apuntaba a que Cerdán ejercía un "papel directivo y de control en la actividad criminal de los distintos partícipes" en la trama, en la que también están implicados José Luis Ábalos y a su exasesor Koldo García. Ante esa negativa del Supremo, ahora Cerdán recurre en amparo al Constitucional.
Los argumentos
La defensa de Cerdán ya apunta en su recurso que será el Constitucional el que tenga que revisar las decisiones del Supremo al no existir en este caso segunda instancia penal. Aunque defienden que su cliente debería ser exonerado, adelantan que "para el caso que fuera juzgado y condenado, este Tribunal Constitucional sería el encargado de revisar desde la perspectiva del derecho fundamental a la presunción de inocencia la carga probatoria utilizada por el Tribunal sentenciador".
En cuanto al riesgo de destrucción de pruebas que aprecia el Supremo, la defensa cree que tanto la resolución del instructor como la de la Sala de Apelación "adolecen de una falta de motivación y concreción palmaria, ya que no hacen ninguna referencia concreta sobre qué prueba se pretende preservar, ni aún menos se relaciona con una posibilidad real que el Sr. Cerdán pueda alterarla o destruirla".
De igual modo se refieren a la posibilidad de que Cerdán influya en testigos, como advertía la Fiscalía Anticorrupción. "En el momento de analizar concretamente la posibilidad del Sr. Cerdán de influir en testigos, o de destruir documentación relevante o de ocultar supuestos patrimonios, tanto el auto del Magistrado instructor como el de la Sala de lo Penal son del todo huérfanos de motivación", sostienen sus abogados.
Sin registros al "jefe de la trama"
Insisten además los letrados en que a Cerdán por el momento no se le ha practicado ningún registro para rechazar la posibilidad de que pueda destruir documentación incriminadora. "Es evidente que el Magistrado instructor debe desechar que el Sr. Cerdán tenga en su poder documentación susceptible a ser destruida, ya que a diferencia del Sr. Ábalos y del Sr. García, rechazó expresamente el registro de su domicilio", argumentan.
Así, ven como "una contradicción flagrante" el que se identifique a Cerdán como "jefe de la trama criminal" y, a su vez, el juez "no acuerde -a diferencia de otros investigados- una entrada y registro de su domicilio, y lo cite a declarar casi un mes después de que aparezca su nombre en la investigación de la UCO", cuyo informe le señalaba como 'gestor' de las mordidas. "Es del todo evidente que ningún riesgo de destrucción de documentación valora el Magistrado instructor que exista", sostienen.
"Un comportamiento ejemplar"
Defienden además que Cerdán "ha mantenido en todo momento un comportamiento ejemplar con esta administración de justicia, mostrando su plena sujeción con el procedimiento". Destacan además que, a diferencia de Ábalos, Cerdán renunció al acta de diputado tras aparecer en el informe de la UCO, "facilitando de este modo su citación en calidad de investigado" y evitando al juez el tener que pedir un suplicatorio al Congreso.
Asimismo, destacan que también renunció al cargo de secretario de Organización del PSOE y a todas sus funciones en el partido. "Todo ello evidencia que el comportamiento que ha mostrado al Sr. Cerdán es del todo contrario a la tesis de la obstrucción del procedimiento", mantiene la defensa.
El "dilema del prisionero"
Por otra parte, la defensa recuerda que el relator especial de la ONU ha destacado la necesidad de no utilizar la prisión provisional para provocar confesiones y alude al 'dilema del prisionero', señalando que "la dinámica de presión intrínseca de la prisión preventiva tiene una influencia directa en el comportamiento y la estrategia procesal que siguen los prisioneros".
Asimismo, la defensa del que fuera 'número tres' del PSOE denuncia que se ha vulnerado el derecho al secreto de las comunicaciones entre Cerdán y sus abogados, después de que la UCO pidiera a Instituciones Penitenciarias el detalle de las visitas que recibe en Soto del Real, información que posteriormente se dejó de remitir a los investigadores.
Además, señala que no hay doctrina del Constitucional sobre medidas cautelares contrarias a Derecho, con lo que este supuesto permitirá al Tribunal "dirimir la cuestión acerca de la posibilidad de que el planteamiento de una demanda de amparo frente a una medida cautelar contraria a Derecho, en este caso, la más restrictiva de derechos fundamentales como es la de privación de libertad por prisión provisional, pueda verse abolida cuando no concurran los requisitos procesales".
"Permitiéndose además", sugiere el recurso, "el otorgamiento de la libertad provisional del demandante mientras la cuestión planteada ante este Tribunal Constitucional pueda ser revisada en su totalidad, pudiendo otorgar una medida cautelar de libertad sobre una medida cautelar de privación de la misma, sin necesidad de entrar en el fondo del asunto".
El juez prorroga la instrucción
Paralelamente, el juez Puente ha prorrogado seis meses la instrucción de la causa especial que dirige contra Cerdán, el exministro Ábalos, Koldo y varios empresarios, entre ellos Víctor de Aldama. El nuevo plazo computará desde el próximo 8 de septiembre hasta el 8 de marzo de 2026.
