Itziar Ochoa, titular del juzgado de lo Social, ratifica así la relación laboral entre el secretario de Organización de Podemos y el trabajador que le asistía, así como la sanción superior a 1.000 euros que ya le impuso la Seguridad Social por incumplimiento de la ley al tratarse de un asistente que cobrara "en negro", al no estar dado de alta.

Su asistente, que cobraba 11 euros la hora, ayudaba a Echenique en sus tareas personales a primera hora de la mañana. Acudía al domicilio del político los días laborables e incluso algunos fines de semana, cuando así se lo requería el propio Echenique.

La Inspección de la Seguridad Social ya había condenado a Echenique tras una investigación oficial a finales de 2016 cuando el Heraldo de Aragón hizo pública el régimen irregular en la que había mantenido a su asistente: cobraba en negro, sin contrato y sin alta en la Seguridad Social.

Echenique recurrió a la Justicia cuando perdió en la batalla administrativa contra la Seguridad Social, una derrota que se ve ahora ratificada ahora por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, que percibe también la infracción del secretario de Organización de Podemos en dos periodos: de septiembre de 2011 a junio de 2012 y de marzo de 2015 a abril de 2016. Auqnue la sanción se circunscribe a la segunda de estas etapas, puesto que las irregularidades acaecidas durante el primer periodo ya habían prescrito.

Según el auto al que ha tenido acceso Heraldo de Aragón, el fallo apunta a que Echenique mantuvo al trabajador como asistente durante ese segundo período (marzo 2015-abril 2016), época en la que éste ejerció como eurodiputado primero y como secretario general de Podemos en Aragón después.

La Justicia declina así la defensa de Echenique. La jueza afirma que en caso de existir una prestación de servicios deberían existir facturas que no han sido aportadas en ningún momento e insiste en que debería haber dado de alta a sus asistente en el régimen de empleados del hogar para cotizar como trabajador a cargo del cuidado de personas dependientes.

Así las cosas, la magistrada ratifica el expediente sancionador de la Seguridad Social, de más de 1.000 euros, e incluye la cotización que debería haber abonado entonces por tener al trabajador una hora al día, la propia sanción y un recargo del 20% por el dinero no abonado hace más de tres años.