Tres sentencias dieron la razón a la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas, argumentando que el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, conocido como el impuesto de las hipotecas, debía asumirlo la banca y no el cliente. Algo que anulaba el reglamento 68.2, encargado de regular el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

El Ayuntamiento de Rivas celebraba, entonces, esta decisión, que "blinda a ocho millones de familias españolas" ante el pago de este tributo.

El presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes

Tras esto, el Supremo convocó un pleno para este 5 de noviembre para aclarar las sentencias de Rivas Vaciamadrid, apelando al "mandato constitucional de seguridad jurídica e igualdad en la aplicación de la ley".

Este martes, 6 de noviembre, una vez terminadas las reflexiones de los magistrados, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de la banca con una diferencia de un voto, dejando claro que este impuesto debe ser pagado por los clientes, y no por autonomías o bancos.

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Ahora, tras las tres sentencias de Rivas Vaciamadrid y el fallo del Tribunal, el futuro del pago de este impuesto queda en el aire. Las tres sentencias de la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas podrían ser los únicos casos en los que la banca se hará cargo de este coste.