El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha tumbado la orden de Sanidad para el cierre de la capital y nueve ciudades por vulnerar derechos fundamentales. Y esto, ¿qué supone en la práctica?

La primera consecuencia es que no va a haber multas en Madrid. Aunque ya se estaban haciendo controles para evitar los movimientos en la Comunidad, eran meramente informativos y no se estaban multando a la espera de lo que resolviera la justicia.

Se levantan las restricciones a la movilidad

La resolución judicial afecta únicamente a la movilidad. Se levanta la restricción de entrada y salida de personas de los municipios (afectados). De esta manera, quedan anuladas las restricciones en los municipios de Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz, que se aprobaron en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y que el Gobierno de Ayuso comenzó a aplicar el 2 de octubre.

Se mantienen estas otras restricciones:

  • Las reuniones, tanto en espacios públicos como privados, se reducirán a seis personas, salvo que sean convivientes o que se trate de una actividad laboral o institucional.
  • El aforo en los lugares de culto tendrá que ser de un tercio, siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. A los velatorios solo podrán acudir 15 personas si es un espacio al aire libre o diez, en un espacio cerrado, sean o no convivientes. Mientras la comitiva para el enterramiento o la cremación se restringirá a 15 personas.
  • El aforo en los locales comerciales se reducirá al 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.
  • El aforo en los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas se verá reducido a un 50% en espacios interiores y a un 65% en espacios exteriores. El consumo en barra no estará permitido, la ocupación máxima será de seis personas por mesa y la distancia entre las sillas de las agrupaciones de mesas tendrá que ser de 1,5 metros. No se podrán admitir clientes a partir de las 22:00 horas y se cerrará antes de las 23:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
  • Las academias, autoescuelas y centros de enseñanzas no regladas también tendrán que reducir su aforo al 50%.
  • En las instalaciones deportivas, tanto al aire como interior, el aforo será del 50% si es un espacio cerrado y del 65% si es un espacio abierto. Además, la práctica en grupos se reducirá a un máximo de seis personas. Las competiciones que estén bajo la tutela de Federaciones deportivas españolas tendrán que aplicar el protocolo de estas.

¿Y en el resto de comunidades? Castilla y León está aplicando las mismas medidas en León, San Andrés del Rabanedo y Palencia desde este miércoles. Podría remitirse a esta resolución, aunque es poco probable ya que esta comunidad impuso voluntariamente las restricciones.

No como en Madrid, donde la presidenta regional Díaz Ayuso se ha opuesto. De hecho, hay un recurso en la Audiencia Nacional contra ese acuerdo de Sanidad para imponer el cierre que, tras esta decisión, decae.