Desde esta medianoche, las personas que lleguen a España procedentes del extranjero deberán someterse a una cuarentena de 14 días. Así lo ha dispuesto el Ministerio de Sanidad, a través de una orden ministerial publicada este martes en el BOE, en la que establece este periodo de aislamiento para "limitar los riesgos derivados del tráfico internacional de personas" en el proceso de desescalada.

Control de temperatura a los que llegan a nuestro país

La medida, que según recoge el citado documento ya se venía aplicando en las repatriaciones de españoles y residentes en España procedentes de Italia, se aplicará a todos los viajeros internacionales.

El propio ministro de Interior Fernando Grande-Marlaska ha explicado que desde hace días "se está tomando la temperatura a todas las personas que entran en nuestro país", además de hacer un registro con sus datos de identificación, teléfono y lugar en el que van a residir para ser contactados en caso de necesidad

Así, a su llegada a España deberán permanecer en cuarentena durante los 14 días siguientes en su domicilio o alojamiento. Solo podrán salir para comprar comida, productos farmacéuticos y de primera necesidad; para acudir a centros sanitarios o por causas de fuerza mayor, y en cualquier caso será obligatorio que lo hagan con mascarillas.

Además, deberán llevar a cabo las medidas de prevención e higiene frente al coronavirusy podrán ser contactados por las autoridades sanitarias para hacerles un seguimiento. Ante la aparición de síntomas de la COVID-19, deberán avisar a los servicios sanitarios en los números de teléfono habilitados por las Comunidades Autónomas, indicando su situación.

Personal excluido

Quedan excluidos de esta exigencia trabajadores transfronterizos, transportistas y tripulaciones, así como personal sanitario que se dirija a realizar su actividad, siempre que no hayan estado en contacto con personas infectadas.

La medida seguirá vigente mientras dure el estado de alarma, "hasta que sea necesaria, previsiblemente todo el periodo de desescalada hacia la nueva normalidad", ha explicado el ministro de Sanidad.

Las agencias de viajes y compañías de transporte y turísticas deberán informar de ella a los viajeros. Además, deberán entregar a cada uno un formulario de salud pública para que puedan ser localizados, que estos entregarán a su llegada a España.

Interior blinda las fronteras

A partir de este viernes también entran en vigor las restricciones de entrada en territorio nacional en las fronteras interiores en puertos y aeropuertos (para vuelos y barcos con origen en países del espacio Schengen).

Esta nueva orden, dictada desde el Ministerio del Interior, se produce tras el anuncio de algunas compañías de volver a operar vuelos, para evitar, por ejemplo, que ciudadanos europeos vengan a su segunda residencia.

Solo podrán acceder por esas fronteras trabajadores transfronterizos; profesionales sanitarios o del cuidado de mayores; personal consular y diplomático; personas que viajen por motivos exclusivamente laborales o aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad:

- Ciudadanos españoles.

- Residentes en España, debiendo acreditar su residencia habitual.

- Trabajadores transfronterizos.

- Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.

- Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

También podrán acceder por estas fronteras el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas y las personas que se trasladen a España por "motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente".

Asimismo, con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento, estas medidas no serán aplicables "al transporte de mercancías, incluyendo los tripulantes de los buques, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo y la actividad pesquera, y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercia"”.

Estas restricciones se suman a las adoptadas ya en las fronteras terrestres con Francia y Portugal y a las restricciones de entrada de viajeros por las fronteras exteriores (con origen en países de fuera del espacio Schengen) en puertos y aeropuertos Esta medida entrará en vigor a las 00.00 horas del próximo 15 de mayo y estará vigente hasta las 24.00 horas del 23 de mayo, sin perjuicio de posibles prórrogas.

El objetivo prioritario de esta medida "es afianzar la contención de la expansión del COVID-19". La orden señala que el alzamiento progresivo de las medidas de confinamiento vigentes "podría conllevar que personas residentes en el exterior decidan viajar a nuestro país".

"Teniendo en cuenta que, durante el proceso de desescalada, se aplica a los residentes en España la restricción de movimientos interprovinciales, se considera conveniente limitar también el acceso a tales demarcaciones desde otros Estados miembros por vías aérea y marítima", indica la resolución, antes de añadir que "el mero hecho de poseer una vivienda no acredita la residencia en España".