Patxi López percibía mensualmente como tercera autoridad del Estado unos 13.750 euros, incluyendo la asignación económica como diputado, más el complemento como miembro de la Mesa del Congreso, la ayuda por ser parlamentario de fuera de Madrid y el dinero para gastos de representación y de libre disposición. En total, una retribución anual superior a los 192.000 euros, la más alta de los altos cargos de la Administración General del Estado.
La pensión indemnizatoria para los expresidentes del Congreso está regulada en sendas leyes de Presupuestos: la de 1981 y la de 1986. El artículo 10 de la primera de estas normas fija su cuantía en el 80% del sueldo de la tercera autoridad del Estado y especifica que únicamente podrá cobrarse durante un plazo igual al que hubiera desempeñado el cargo con tope máximo de 24 meses.
Es decir, López podrá recibir por este concepto unos 11.000 euros al mes durante un máximo de siete meses. Fue la Ley de Presupuestos para 1986 la que estableció, en su disposición adicional quinta, que es la Mesa del Congreso la que debe reconocer a los expresidentes esa pensión, que se percibe desde el mes siguiente al cese.
Las indemnizaciones por cesantía de los altos cargos son incompatibles con cualquier otro sueldo de carácter público o privado, en virtud de un decreto aprobado en verano de 2012. Por tanto, para poder cobrarla, López tendrá que renunciar a su acta en el Congreso.
Con independencia de que cobre o no la pensión, López podrá utilizar durante cuatro años el coche oficial y el servicio de escolta al que tienen derecho los expresidentes del Congreso por motivos de seguridad.