PSOE y Unidas Podemos presentan este viernes en el Congreso una proposición de ley que hará que el delito de sedicióndesaparezca del Código Penal. A cambio, se introducirá un delito de "desórdenes públicos agravados". Así lo ha anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una entrevista en Al Rojo Vivo el jueves por la noche.

La modificación más sustancial es una reducción de las penas, según refleja el textoal que ha tenido acceso laSexta. Si el delito de sedición podía conllevar penas de hasta 15 años de prisión —se usó para condenar a los líderes del 'procés' con penas de hasta 13 años—, la nueva tipología de delito tendrá una pena máxima de cinco años de cárcel y entre seis y ocho para la inhabilitación.

Esta reforma del delito de sedición viene siendo una promesa muy repetida de Pedro Sánchez. Concretamente, desde 2018, cuando aseguraba que era necesaria "actualizar" este delito y "homologarlo con aquellas democracias europeas a las que nos queremos parecer". Similares palabras son las que a día de hoy ha seguido utilizando para defender esta reforma.

Así, ha negado que esta decisión haya sido tomada para cumplir con las exigencias de ERC para aprobar los Presupuestos Generales del Estado, remarcando que el independentismo no pide una reforma del Código Penal, sino una amnistía. No obstante, desde ERC han valorado "muy positivamente" el anuncio de Sánchez: "La eliminación de la sedición es un gran paso adelante, un paso imprescindible en la dirección de acabar con la represión política por el conflicto entre España y Cataluña".

También ha remarcado Sánchez que en las últimas semanas hay grupos parlamentarios que han dicho que están dispuestos a acometer esta reforma.

Así cambia el Código Penal

En el texto de la reforma del Código Penal que PSOE y Podemos registrarán, y al que ha tenido acceso laSexta, se suprime al completo el Capítulo I del Título XXII, que incluye artículos sobre el delito de sedición. Caen el artículo 544, el que recoge la sedición, y otros que van del artículo 545 al 549 y que también se incluyen en este capítulo.

Y entre las claves de esta reforma está la modificación del artículo 557, referido a delitos de desórdenes públicos.

  • Hasta ahora, el artículo 557 del Código Penal define el delito de sedición como el hecho de sublevarse públicamente para impedir la aplicación de las Leyes por la fuerza. Las penas de este delito se establecen en tres grados (en función de si es más o menos grave): de cuatro a ocho años de cárcel e inhabilitación para quien participe en la sedición; de ocho a diez años para los inductores o dirigentes; y hasta 15 años si el delito lo cometen autoridades públicas.
  • Con la reforma, quedaría redactado de la siguiente manera: "Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios".

Si estos hechos se cometen por una multitud "cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público", entonces las penas de prisión e inhabilitación para un cargo público ascienden de tres a cinco años. Y añade que en el caso de que el delito lo comentan autoridades públicas, "la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años".

Establece además que estas penas "se impondrán en su mitad superior a los intervinientes que portaran instrumentos peligrosos o a los que llevaran a cabo actos de pillaje. Estas penas se aplicarán en un grado superior cuando se portaran armas de fuego".

¿Cómo afecta a los líderes del 'procés'?

Esta reforma supondrá una rebaja de las penas a las que se enfrentan los líderes del 'procés' huidos de la justicia, como el expresidente catalán Carles Puigdemont, y también una reducción de la inhabilitación para políticos indultados parcialmente como Oriol Junqueras, pero no evitará que los dirigentes aún no procesados —entre los que se encuentra también, además de Puigdemont, la secretaria general de ERC, Marta Rovira— deban rendir cuentas ante los tribunales.

Refiriéndose a Puigdemont, Sánchez aseguraba: "Tendría que rendir cuentas ante la justicia española, absolutamente ya que los delitos que se cometieron en 2017 siguen estando presentes en nuestro Código Penal".

De hecho, el propio Puigdemont se ha pronunciado sobre el anuncio de Sánchez y pide estar "alerta", incidiendo en que el delito "no se deroga: se le cambia el nombre y se anuncia una rebaja de penas". "Si te condenan a prisión por organizar y convocar un referéndum de independencia, no importa si son 15 años de cárcel o son cinco: están criminalizando un derecho", ha añadido, acusando al presidente del Gobierno de ser un "maestro en el arte de la engañifa" cuyos anuncios "nunca son lo que parecen".

Además, el presidente del Gobierno ha subrayado que esta iniciativa va a ayudar a "distender la situación en Cataluña" y a "superar este contencioso" que heredó de la administración anterior del presidente Mariano Rajoy (PP) según ha apuntado en varios momentos. Un asunto que "nunca" ha "rehuido", según sus palabras.

De este modo, aunque se elimine la sedición, los líderes del 'procés' seguirán habiendo cometido un delito, aunque las penas que este implica sean significativamente menores. "Los delitos que se cometieron en 2017 siguen estando presentes en el Código Penal, no ya como delito de sedición, sino como una nueva tipología de delito que se llama desórdenes públicos agravados", ha recalcado Sánchez.

Revisión de condenas

Hasta la entrada en vigor de esta ley, los delitos cometidos se juzgarán teniendo en cuenta la legislación penal vigente (es decir, el Código Penal antes de su reforma). Eso sí, una vez entre en vigor, se aplicará la nueva ley si al condenado le favorecen las penas que se establecen en ella "aunque los hechos hubieran sido cometidos con anterioridad a su entrada en vigor".

Además, como indica el texto conjunto de PSOE y Podemos, y al que ha accedido laSexta, podrá haber "revisión de las sentencias firmes dictadas antes de la vigencia de esta ley". Estas serán competencia de los Juzgados de lo Penal o secciones de las Audiencias provinciales que el Consejo General del Poder Judicial designe.

"Dichos jueces o tribunales procederán a revisar las sentencias firmes y en las que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena, aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y no por el ejercicio del arbitrio judicial", recoge el texto.

La postura del PP

De hecho, fue esta reforma del delito de sedición la última explicación que dio el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, para retirarse de la negociaciónpara renovar el Consejo General del Poder Judicial. Un mensaje en el que hoy a insistido la secretaria general del PP, Cuca Gamarra, asegurando que rompieron el acuerdo, "en cuanto tuvimos constancia de que esto iba a suceder".

En una entrevista en 'Antena 3', Gamarra ha considerado que "esta es una reforma hecha a la carta para unos señores que no han rendido cuentas ante la justicia y para que los condenados -por el 'procés' independentista- tengan un trato mas beneficioso". También, dice, es la prueba de que Pedro Sánchez "compra tiempo a los independentistas" para seguir en La Moncloa.