El fallo del TSJM
La Justicia vuelve a desestimar la denuncia del PP contra Sánchez sobre el rescate de Air Europa al ver que el socialista no tenía obligación de abstenerse
¿Por qué es importante? La Ofician de Conflicto de Intereses (OCI) ya archivó en su día la denuncia formulada por la formación que dirige Alberto Núñez Feijóo contra el presidente por participar en las decisiones que adoptó el Consejo de Ministros sobre la aerolínea.

Resumen IA supervisado
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado nuevamente las pretensiones del Partido Popular (PP) respecto al rescate de Air Europa, confirmando que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no tenía la obligación de abstenerse en su aprobación. La Oficina de Conflictos de Intereses (OCI) ya había archivado una denuncia del PP, que argumentaba la implicación de la esposa de Sánchez con la aerolínea. El TSJM ha dictado un auto indicando que la sentencia no especificaba actuaciones pendientes, permitiendo al PP recurrir si lo considera insuficiente. El Gobierno celebra la resolución como una victoria del sentido común, destacando la ausencia de vínculos entre Sánchez y Air Europa.
* Resumen supervisado por periodistas.
La Justicia ha vuelto a desestimar las pretensiones del Partido Popular (PP) sobre el rescate de Air Europa. En concreto, ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el que ha confirmado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no tenía obligación de abstenerse en la aprobación del rescate de la aerolínea, al tiempo que respalda la decisión de la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI).
La OCI ya archivó en su día la denuncia formulada por la formación que dirige Alberto Núñez Feijóo contra el líder socialista por no abstenerse en las decisiones que adoptó el Consejo de Ministros sobre la aerolínea. Ahora, la Sección de Ejecuciones del TSJM ha dictado un auto, fechado el 27 de noviembre y al que ha tenido acceso laSexta, en el que da por ejecutada la sentencia dictada el pasado 16 de septiembre por la OCI, precisando que si el PP considera "insuficiente" la investigación llevada a cabo puede recurrir el fallo.
Los 'populares' argumentaban que la esposa de Sánchez, Begoña Gómez, no tuvo ninguna relación "que implicara funciones de dirección, asesoramiento o administración" con esa empresa. Sin embargo, según la resolución de la OCI, Sánchez no tenía la obligación legal de abstenerse en las decisiones que adoptó el Consejo de Ministros noviembre de 2020 y marzo de 2021 sobre el citado rescate.
Entonces, el PP anunció que presentaría ante el TSJM un incidente de ejecución de sentencia, al considerar que dicha resolución acreditaba que es necesario que se siga investigando y que quedan pasos por ejecutar. Ahora el alto tribunal explica que la sentencia referida "no había especificado actuaciones concretas que debieran realizarse" y "la Sala no puede ordenar que se lleve a cabo una actuación determinada cuando no se ha especificado en la sentencia cuáles fueran las que debieran realizarse".
Destacan los magistrados que "la sentencia concluyó que no se había realizado una mínima actuación de investigación, pero ahora se ha llevado a cabo" y por tanto si el PP no está de acuerdo puede recurrir la resolución. En este sentido, precisan que el plazo de interposición de recurso es de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de ejecución, una vez firme.
En el Gobierno celebran la resolución
Sobre este asunto el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha dicho en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta decisión del TSJM supone "una nueva victoria del sentido común, como muchas más que va a haber en el futuro".
Además, ha añadido que tras la denuncia del PP ante la OCI esta Oficina (con autonomía funcional pero que forma parte del Ministerio de Transformación Digital y Función Pública), "constató lo evidente, que es que no había ninguna relación ni del presidente del Gobierno ni de su mujer" con Air Europa. López ha recordado que el PP recurrió y, tras aportar más documentación, el TSJM efectivamente constató lo dictado por la OCI, de modo que asistimos "a una nueva derrota de la estrategia del fango del PP".
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