El Tribunal Supremo avala que se pueda pedir el pasaporte COVID-19 para acceder a bares, restaurantes y discotecas en Galicia. Se tarta de una medida que la Xunta gallega intentó poner en marcha en agosto y que fue rechazada por elTribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG).

De este modo, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso presentado por la Xunta contra el auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

En su resolución, el Supremo entiende que la medida sí es "idónea, necesaria y proporcionada", por lo que da luz verde a que se pueda exigir este tipo de documento para atajar la pandemia de coronavirus.

"El beneficio que proporciona la medida, respecto de la reducción significativa de los contagios, es muy superior al sacrificio que comporta la exigencia de presentar la documentación para el acceso al local. En definitiva, no se atisba ninguna medida que resulte más adecuada para salvaguardar la vida y la salud de los ciudadanos, en ese tipo de locales", destaca el fallo.

No es discriminatoria

Además, argumenta que la limitación resulta oportuna para permitir su pacífica coexistencia con los demás derechos fundamentales y con los bienes constitucionalmente protegidos que se traducen, en este caso, en una potente presencia del derecho a la vida y a la integridad física, y a la defensa y protección de la salud de los ciudadanos.

Por otro lado, el fallo sostiene que la exhibición del pasaporte COVID-19 vulnera el derecho a la igualdad: "Recordemos que la documentación reviste una triple modalidad, que resulta asequible a todos, de modo que quien no quiere mostrar si ha sido o no vacunado, teniendo en cuenta el carácter voluntario de la misma, puede presentar el resultado de la prueba PDIA o el test de antígenos, y desde luego el certificado de recuperación del COVID-19 si ha pasado la infección".