Es lo que dice la Ley General Penitenciaria en su artículo 47 dedicado a los permisos de salida al que deberán acogerse si quieren el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Carles Mundó, Joaquim Forn, Raül Romeva, Dolors Bassa y Meritxell Borràs y Jordi Sánchez.
Todos ellos son presos preventivos y, según el reglamento penitenciario, sus permisos deberán ser aprobados por la autoridad judicial correspondiente, en este caso y por el momento, la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.
Ahora bien, esas salidas serían "extraordinarias" y las razones a esgrimir para solicitarlas están, especifica la normativa, "el fallecimiento o enfermedad grave de familiares, el alumbramiento de la esposa, así como por importantes y comprobados motivos, con las medidas de seguridad adecuadas, salvo que concurran circunstancias excepcionales".
Se trata de una situación excepcional en la que ni siquiera está del todo claro qué pasos han de seguirse, toda vez que los candidatos son presos preventivos encarcelados por riesgo de destrucción de pruebas y de fuga.
Las fuentes consultadas vaticinan que, de seguir todos ellos en prisión, tienen nulas posibilidades de participar activamente en la campaña electoral, que arranca el 5 de diciembre, y consideran más probable que recurran, como ya están haciendo algunos de los exconsellers a enviar mensajes a la ciudadanía a través de su abogado o de las redes sociales, controladas desde el exterior de la prisión pero a través de sus perfiles.
Siempre y cuando no sean puestos en libertad previamente, pues la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional debe resolver sobre los recursos de los exconsellers (al margen de la posibilidad de que la causa pase al Tribunal Supremo).