Auto equivalente al procesamiento
El juez procesa a Iñigo Errejón por las supuestas agresiones sexuales a la actriz Elisa Mouliaá
¿Por qué es importante? En un auto al que ha tenido acceso laSexta, el juez considera que existen indicios de que podría haber actos con contenido sexual sin consentimiento de la víctima. Además, el magistrado habla de tres episodios distintos en los que el exdirigente de Sumar habría cometido un delito de agresiones sexuales.

Resumen IA supervisado
El juez Adolfo Carretero ha propuesto juzgar a Iñigo Errejón por supuestas agresiones sexuales a la actriz Elisa Mouliaá, basándose en indicios de actos no consentidos. El auto menciona tres episodios en distintos lugares: un ascensor, un domicilio y un taxi. Carretero considera que el caso debe ir a juicio para determinar la culpabilidad de Errejón. La declaración de Mouliaá, considerada coherente por el juez, es el principal indicio debido a la falta de testigos. La actriz no tenía motivos de venganza contra Errejón, con quien había mantenido contacto previo. La declaración fue exhaustiva y coherente, a pesar de las posibles lagunas.
* Resumen supervisado por periodistas.
El juez Adolfo Carretero propone juzgar a Iñigo Errejón por las supuestas agresiones sexuales a la actriz Elisa Mouliaá en auto equivalente al procesamiento al que ha tenido acceso laSexta. El magistrado considera que hay indicios de que podría haber actos con contenido sexual sin consentimiento de la víctima y propone, por tanto, que sea enviado a juicio.
En el auto equivalente al procesamiento el juez habla de tres episodios distintos en los que el exdirigente de Sumar habría cometido un delito de agresiones sexuales. Además, señala que Mouliaá habló de tres escenarios diferentes: en el ascensor de la casa de los amigos a la que fueron después de la presentación del libro de Errejón, posteriormente en ese domicilio y finalmente en el taxi que les iba a llevar a la casa de la actriz. Por ello, en el auto el juez habla en plural de ese delito de agresiones sexuales.
De esta manera, el juez Carretero ha procesado al exdirigente de la formación Sumar porque considera que lo mejor es que vaya a juicio y ahí se decida si es culpable o no. Ahora, las partes tendrán 10 días para presentar el escrito en el que digan si tiene que haber juicio, en el que presenten su acusación, o si se debe archivar ese procedimiento.
El magistrado asegura que la declaración de Mouliaá es "coherente en lo esencial"
En el auto Carretero considera que, al no haber testigos presenciales de los hechos, el principal indicio probatorio es la declaración de la actriz. Una denuncia a la que el juez le da verosimilitud.
"Antes de los hechos, Mouliaá no tenía ningún móvil espúreo, enemistad, odio o venganza contra Errejón, sino más bien todo lo contrario; estaba ilusionada por conocerlo para una posible relación sentimental ya que había hablado con él por redes durante un año admirándole por sus ideas de izquierda moderada y feministas, según dijo", apunta Carretero.
Así, hace hincapié en "la madurez de Mouliaá que había estado en tratamiento por depresión tras un matrimonio fracasado y que había bebido el día de la fiesta, lo que no debía hacer tomando mediación (Sertralina)".
Además, el magistrado asegura que la declaración de Mouliaá es "coherente en lo esencial, aunque no recuerde detalles secundarios, como si en la puerta de la habitación había pestillo (ella vio cerrar la puerta a Errejón como si los hubiese)".
Defiende el magistrado que la actriz aclaró ante él "las posibles lagunas o contradicciones en su declaración" tras lo que considera un "largo y exhaustivo interrogatorio, en el que en todo momento mantuvo la coherencia". Señala, además, que "si no reaccionó ante el abuso más rápidamente, como hizo en el tercer episodio, fue porque estaba aturdida, bloqueada ante la situación y la personalidad de su presunto agresor, además del efecto de la bebida y los medicamentos que tomaba".
"El retraso en la denuncia no supone que la denuncia tenga que ser falsa"
Por otro lado, Carretero indica que el retraso en la denuncia -se realizó tres años más tarde de los supuestos hechos- "es una dato a tener en cuenta, pero que no supone que la denuncia tenga que ser falsa". "Mouliaá tardó en denunciar, como ella dijo por miedo ante la personalidad del denunciado, y únicamente lo hizo más tarde cuando vio que otras mujeres comentaban en medios hechos semejantes", añade.
Dice el juez que la actriz "se animó a hacerlo al sentirse más fuerte, manteniendo su versión tanto en la declaración policial como en el Juzgado". Insiste, además, que no le resta credibilidad "que haya relatado los hechos ante los medios de comunicación, incluso a cambio de remuneración, pues no difieren de lo dicho ante este tribunal, teniendo derecho a contar su intimidad como quiera en un Estado democrático".
El magistrado considera que "tampoco resta credibilidad en el mantenimiento de la imputación haber tenido alguna conversación intrascendente con Errejón con posterioridad a los hechos" y hace mención a la explicación de los peritos, que "resulta frecuente que mujeres maltratadas o abusadas mantengan contactos con sus agresores, ya sea por dependencia emocional o para que éstos se disculpen de sus actos o les pidan perdón".
El juez destaca que Mouliaá no es experta en derecho
En el auto, Carretero destaca que Mouliaá no es experta en derecho. "El hecho de que en una conversación telefónica Mouliaá haya dicho a la testigo Soraya que le parecía que los hechos no eran delito pero que tenía que denunciar, no supone que no lo sean, pues la denunciante no es experta en Derecho ni tiene que calificar los hechos, bastando que los exponga, como ha hecho", escribe.
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