España arranca este lunes un nuevo proceso de desescalada sumergida en un mar de dudas jurídicas sobre qué se puede hacer y qué no... y por qué. Hasta ahora, el estado de alarma puesto en marcha por el Gobierno para combatir la pandemia de coronavirus amparaba una serie de restricciones que afectaban a la movilidad por horas y zonas o a las reuniones entre personas. Ahora, sin embargo, son las Comunidades Autónomas las que ejercen el control de la pandemia en sus territorios, y la Justicia la encargada de avalar las nuevas medidas excepcionales que quieran implementar.

Una cuestión que ha decidido el Gobierno de Pedro Sánchez a través de un decreto-ley, al entender que las autonomías ya disponen de mecanismos dados a través de la legislación ordinaria para mantener a raya el virus, pero que no convence ni a los líderes regionales ni a los propios tribunales. Tal y como han criticado varios dirigentes, existen limitaciones que ya no pueden continuar en vigor sin la aplicación del estado de alarma, dado que afectan a derechos fundamentales recogidos en la Constitución. Tal es el caso de las normas relativas a la reunión o la circulación.

Así, el 'modus operandi' de las Comunidades pasa ahora por plantear nuevos planes de 'desescalada' que pueden salir adelante de forma íntegra y parcial, según se dirima en los tribunales. De forma más precisa: hay medidas, como las que ya se acordaron en el Consejo Interterritorial, que seguirán vigentes después del 9 de mayo, como la acotación de los horarios comerciales o de ocio nocturno, o la prohibición de fumar en la calle sin distancia de seguridad. Pero las decisiones ligadas a los derechos fundamentales deben ser validadas por el Tribunal Superior de Justicia correspondiente a cada región.

Aquí se da otro embrollo judicial notable cuyos efectos se pueden ver ya. Pongamos de ejemplo la situación de tres comunidades que ya se han visto afectadas por esta cuestión: Baleares, Cataluña y Euskadi. En el primer caso, el Tribunal Superior de Justicia (TSJIB) ha avalado, con el voto a favor de tres jueces y de dos en contra, que el Govern prorrogue hasta el 23 de mayo el toque de queda, limitar a seis personas de las reuniones privadas y públicas, los controles de acceso en los puertos y los aeropuertos de las Islas y reducir el aforo a la mitad en los lugares de culto. Es decir, escenarios que permitía el estado de alarma.

Vayamos al segundo caso. En Cataluña, el Govern de la Generalitat ha podido mantener la limitación de reuniones a seis personas como máximo en espacios abiertos y cerrados y un aforo del 50% a actos religiosos y ceremonias civiles. Ambas medidas afectan al derecho de reunión y el derecho al culto. La Fiscalía se mostró favorable a aprobar estas restricciones ante el Tribunal Superior de Cataluña, que finalmente ha dado su aval. Pero en el tercer caso, Euskadi, que reclamaba continuar con el cierre perimetral y el confinamiento nocturno a partir de las 22:00 horas, no sólo ha recibido el rechazo del TSJPV, que considera que el ordenamiento jurídico no tiene la capacidad de acordar estas medidas fuera del estado de alarma, sino que horas antes también se encontró con la posición en contra de la Fiscalía.

¿Por qué hay diferentes resoluciones para Baleares, Cataluña, Euskadi y Canarias?

Se da así una discrepancia entre los distintos organismos del poder judicial en las autonomías. Porque, además de Baleares, sólo en la Comunidad Valenciana la Justicia ha resuelto que se mantenga el toque de queda. Esto supone que únicamente una pequeña parte de la población del país sigue con esta limitación frente al resto de España, que cuenta con otras normas que no afectarán a los derechos fundamentales anteriormente mencionados. El porqué de estas diferencias de criterios se debe, entre otros factores, a las alegaciones presentadas por las CCAA y a las estimaciones de la Justicia en cada reclamación presentada por las juntas regionales.

Prueba de ello es también lo que ha ocurrido en Canarias, donde un TSJC tan dividido como en Baleares -tres votos en contra frente a dos votos particulares- tampoco ha avalado el toque de queda y la perimetración de las islas con mayor nivel de incidencia, como reclamaba el Gobierno insular. En este caso, se da la circunstancia de que el Ejecutivo regional será el primero en recurrir la decisión al Tribunal Supremo, que si bien tiene por el decreto-ley del Gobierno la última palabra en caso de que los Tribunales Superiores de Justicia rechacen las medidas planteadas por las diferentes Comunidades Autónomas y estas apelen la decisión, no ha recibido con entusiasmo esta función.

El Alto Tribunal considera "ambigua" la reforma del recurso de casación para resolver las cuestiones relativas a las restricciones en los territorios. Así lo apuntó el Gabinete Técnico de lo Contencioso Administrativo del Supremo a través de un informe en el que señalan quedicha reforma resulta "inequívoca" y "confusa". Cree difícil cumplir con los plazos que establece el Gobierno e incluso duda de la "constitucionalidad" de esta medida, aunque el presidente de la Sala Tercera, César Tolosa, quiso aclarar que se trataba de un informe no vinculante. En cualquier caso, Tolosa tiene previsto reunirse en los próximos días con las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los TSJ con el objetivo de coordinar la puesta en marcha de los recursos de casación que llevarán al Supremo a ratificar las resoluciones de los tribunales autonómicos.

Entonces, ¿qué restricciones se aplican en mi comunidad?

Pese al lío judicial montado a raíz de las diferentes decisiones aplicadas por los Tribunales Superiores de Justicia, la situación se asemeja bastante a lo vivido con el ya extinto estado de alarma. Esto es, las comunidades se regirán por diferentes restricciones para controlar de primera mano la situación epidemiológica de sus respectivos territorios. En Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Madrid, Extremadura, Galicia, La Rioja, Murcia, Euskadi, Ceuta y Melilla se pone fin al toque de queda -Baleares y la Comunidad Valenciana lo mantienen, y Navarra está a la espera (la Fiscalía se opone)-, y el cierre perimetral se levanta en toda España con matices que se detallan a continuación.

En Andalucía, los municipios con una incidencia acumulada superior a los 1.000 casos por cada 100.000 habitantes quedarán confinados y se limitará la actividad comercial. El sector hostelero podrá abrir hasta la medianoche, y el ocio nocturno hasta las 02:00. Además, no se limitará el número máximo de personas que podrán estar reunidas en domicilios. En Aragón, las actividades de carácter no esencial pueden abrir hasta las 22:00 horas en las zonas con alerta 3 y, en aquellas con alerta 3 agravada, solo hasta las 20:00 horas.

En Asturias: hostelería abierta hasta las 01:00 horas y se pueden aplicar restricciones de movilidad en localidades y barrios por su situación epidemiológica. No ocurre lo mismo en Baleares, donde el TSJIB ha avalado el toque de queda hasta las 23:00 horas y las reuniones limitadas a un máximo de seis personas. Además, se mantienen los protocolos sanitarios en puertos y aeropuertos aunque el archipiélago haya sido abierto. En Canarias se mantienen los controles obligatorios en los aeropuertos canarios y la limitación del número de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales, en espacios de uso público y privado.

Cantabria se mantiene la limitación de reuniones entre un máximo de cuatro personas, salvo convivientes, y el interior de los establecimientos hosteleros permanece cerrado. Mismas medidas en Castilla-La Mancha, salvo que aquí la hostelería puede abrir hasta las 01:00 horas. En esta línea, el consumo en barra sigue prohibido y el aforo pasa a ser del 75% en el interior y del 100% en el exterior. Y en Castilla y León continúa reducido a la mitad el aforo en establecimientos comerciales.

Medidas en Cataluña: la hostelería está obligada a cerrar a las 23:00 horas. La Justicia ha permitido en este caso que las reuniones sociales sigan limitadas a seis personas y que el aforo se mantenga a la mitad en actos religiosos y ceremonias civiles. Madrid no cuenta con límites en las reuniones sociales, pero se recomienda limitar los encuentros a seis personas es espacios públicos y sólo entre convivientes en espacios privados. Aunque la hostelería puede abrir hasta las 00:00 horas, continúa prohibido el consumo en barras.

En la Comunidad Valenciana sigue en activo el toque de queda nocturno tras recibir el aval judicial. No obstante, se retrasa el inicio del mismo hasta las 00:00 horas. En este territorio las reuniones quedan limitadas a un máximo de diez personas. En Extremadura los locales de hostelería deben cerrar a medianoche. Asimismo, se mantienen limitaciones de aforo en los locales de actividad no esencial (al 75%) y el lugares de culto y ceremonias (50%). En Galicia los bares pueden abrir hasta las 23:00 horas, aunque se prohíben las reuniones de más de seis personas en el exterior y cuatro en interiores, y continúa vigente la limitación de la movilidad nocturna a partir de las 23:00 horas en aquellos municipios con mayores niveles de incidencia.

En La Rioja las medidas se aplican en función de un semáforo epidemiológico con tres niveles. De este semáforo dependerá el número de personas permitidas en reuniones y los aforos, entre otros. En la Región de Murcia se pueden poner en marcha restricciones en los municipios con determinados datos de incidencia. Además, las reuniones siguen limitadas a seis personas y las actividades no esenciales deben cerrar a medianoche. Navarra, de momento, sólo amplía hasta las 22:00 horas la apertura de las terrazas en hostelería y recomienda limitar las reuniones en espacios privados a seis personas de dos unidades de convivientes.

En Euskadi, el lehendakari Urkullu recomienda "autolimitar" la movilidad entre las 23:00 y las 6:00 horas. Aquí, hostelería y otras actividades de carácter no esencial tienen limitado el horario hasta las 22:00. Los aforos en el comercio son del 40% en los establecimientos de más de 150 metros cuadrados y del 60% en los de menos. En Ceuta vuelven a permitirse los desplazamientos en barco a la península sin justificación, el cierre de hostelería se mantiene a las 00:00 horas, así como un aforo del 30% en interiores, si bien se amplía al 75% en terrazas, donde podrá haber hasta seis comensales por mesa. Y el Gobierno de Melilla ha solicitado la ratificación judicial para limitar las reuniones a un máximo de seis personas, así como los aforos en lugares de culto.

Todas las medidas y restricciones impuestas en cada comunidad se pueden consultar aquí.

Irresponsabilidad frente a datos que alimentan la esperanza

Ya sin un estado de alarma que pueda fijar medidas de carácter excepcional, España no solo se adentra en un terreno de incertidumbre jurídica, sino también de preocupación sanitaria. Tan solo unos minutos después de que quedara inactivo el estado de alarma ya se dieron los primeros escenarios de riesgo que podrían llevar a nuestro país a sufrir efectos devastadores derivados de un aumento notable de los contagios. Es el caso de Madrid, donde las fiestas y las aglomeraciones de personas -muchas sin mascarillas o distancias de seguridad- se convirtieron en absolutas protagonistas de una noche donde resonaron en múltiples ocasiones gritos de 'libertad'.

Una situación similar se dio en Cataluña. Concretamente, en Barcelona, donde miles de personas se han reunido en distintos puntos de la Ciudad Condal para festejar el fin del estado de alarma. También entre gritos de 'libertad' los Mossos y la Guardia Urbana se vieron obligados a intervenir en múltiples ocasiones debido a que, pese a no haber toque de queda, no se estaban cumpliendo las medidas frente al COVID-19. De igual manera, en Salamanca, Sevilla o Euskadi los agentes vivieron una larga noche desalojando puntos de aglomeración debido a botellones y otros encuentros que rompían con las recomendaciones y medidas sanitarias.

Todo en un contexto de calma tensa por los datos que ha ido exhibiendo el Ministerio de Sanidad en los últimos días, y que animan al optimismo en el país, especialmente por el ritmo en el ritmo de vacunación que sigue llevando a cabo España para inmunizar a la población. Porque, con una incidencia acumulada que continúa bajando de forma notable y constante, muchos de los territorios autonómicos ya están viviendo un importante alivio no sólo en su cifras de casos positivos registrados diariamente; también, en el número de hospitalizados, de pacientes que requieren camas UCI y de fallecidos.