Desde este lunes y durante las próximas dos semanas, todos los establecimientos de la Comunidad de Madrid -salvo aquellos considerados esenciales- deben cerrar a las 21:00 horas. Sin embargo, el Ejecutivo regional ha establecido una excepción para los espacios culturales como cines o teatros, que podrán cerrar más tarde.
Así lo dispone una Orden de la Consejería de Sanidad publicada este martes en el BOCM, que establece que "la actividad programada de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas
multiusos polivalentes y espacios similares iniciada con anterioridad a las 21:00 horas podrá concluir con posterioridad", siempre que permita cumplir con el toque de queda por el coronavirus.
Precisamente, las limitaciones a la movilidad nocturna se endurecieron este lunes en la región para los siguientes 14 días, comenzando a las 22:00 horas y concluyendo a las 06:00 de la mañana. Las nuevas restricciones que entraron ayer en vigor recogen que todos los locales abiertos al público deben cerrar al menos una hora antes del toque de queda, no pudiendo superar las 21:00 horas.
No obstante, se contemplaban como excepciones las farmacias, los centros sanitarios y de carácter social, veterinarios, servicios de comida a domicilio, gasolineras y otros considerados esenciales por prestar "servicios imprescindibles e inaplazables".
Ahora, el criterio interpretativo introducido con respecto a las actividades culturales permitirá que otros establecimientos puedan ser también una excepción. Puedes consultar la Orden de la Consejería aquí: