El Tribunal Supremo ha ordenado a la Junta Electoral Central que busque un medio para que los agentes de policía desplazados a Cataluña para vigilar el desarrollo de la jornada electoral puedan ejercer su derecho al voto en las elecciones generales del 10 de noviembre.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado este viernes las medidas cautelarísimas presentadas hace tan solo 24 horas por el sindicato Jupol y establece que se garantice el derecho de sufragio de los agentes.

La Junta Electoral Central tendrá que poner en marcha mecanismos específicos para asegurar que todos los agentes desplazados en las últimas semanas a Cataluña puedan votar hasta el día mismo de los comicios y que el recuento de sus votos pueda realizarse hasta el día 13 de noviembre como fecha límite.

El sindicato de la Policía Nacional Jupol y la asociación de la Guardia Civil Jucil -coordinados en el movimiento Jusapol- presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Supremo para que los agentes desplegados estos días en Cataluña (policías nacionales y guardias civiles) puedan ejercer su derecho al voto.

El recurso se presentó un día después de que la Junta Electoral Central denegase la ampliación del plazo de solicitud del voto por correo a los últimos policías que han sido desplazados.

El Gobierno ha enviado a Cataluña alrededor de 1.500 agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional. A ese contingente hay que sumar efectivos de otras unidades (el total de agentes del Cuerpo Nacional de Policía es de 1.800), así como a los miembros de la Guardia Civil (unos 1.500) y de los Mossos d'Esquadra.