Finalmente seis magistrados han decidido dar la razón a Vox. El Tribunal Constitucional estima el recurso y declara ilegales de nuevo acciones que acordó el Congreso de los Diputados. Según el tribunal, la suspensión de parte de la actividad parlamentaria en el Congreso durante el primer estado de alarma no fue constitucional. Se anula el acuerdo de la Mesa del Congreso que suspendió los plazos parlamentarios por considerar que esa decisión vulneró los derechos políticos de los parlamentarios.

Ha habido cuatro votos discrepantes que han votado en contra de esta decisión. Seis votos contra cuatro. Se trata del presidente Juan José González Rivas y los magistrados progresistas Cándido Conde-Pumpido, Maria Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol. Así, el Constitucional admite el recurso de Vox.

Considera la mayoría del tribunal que esa iniciativa del Gobierno por la que se congelaban todos los plazos para presentar iniciativas parlamentarias y enmiendas fue ilegal y declara su inconstitucionalidad.

La sentencia considera que la declaración del estado de alarma, como la de cualquiera de los otros dos estados, no puede en ningún caso interrumpir el funcionamiento de ninguno de los poderes constitucionales del Estado y, de modo particular, el Congreso de los Diputados. En consecuencia, la decisión de la Mesa hizo cesar temporalmente la tramitación de iniciativas parlamentarias de los recurrentes, lesionando su derecho de participación política.

Desde el Gobierno, explican que respetan todas las decisiones judiciales pero apuntan a un dato objetivo. Recuerdan que cuatro días antes de que el Gobierno declarara el estado de alarma, Vox se dirigió a la presidenta del Congreso Meritxell Batet por escrito, para solicitar que se suspendieran todas las actividades tanto en pleno como en comisiones, después del positivo de su diputado Ortega Smith. Una contradicción que ahora quieren subrayar desde el Palacio de La Moncloa.