El recurso al Tribunal Constitucional se produce apenas dos días después de que el Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno, avalase esta decisión tendente a impedir que Puigdemont, huido de la justicia española en Alemania, sea investido presidente sin acudir al Parlament.

En concreto, el Consejo de Estado estableció en su dictamen al respecto que el "oficio representantivo" exige que quien quiera ser candidato a la presidencia de la Generalitat tenga que estar presente en el acto, requisito que emana del Estatut y de la Constitución, que no ofrecen excepciones ni alternativas.

En el dictamen, el órgano consultivo recuerda que ya ha opinado sobre la exigencia legal de que la investidura de un presidente debe ser personal y presencial. Explica que así lo prevé el Reglamento del Parlament, pero subraya especialmente que es lo que reclama también el Estatut sin "excepción alguna".

A juicio del Consejo, tampoco cabe ahora "introducirla a través de una norma con rango de ley o, amparándose en la autonomía parlamentaria, mediante una modificación del Reglamento de la Cámara".