La Audiencia Nacional ha suspendido el ingreso en prisión de los ocho condenados por el Tribunal Supremo a tres años de cárcel por el asedio al Parlament catalán, el 15 de junio de 2011, mientras se resuelve el indulto que han solicitado al Ministerio de Justicia. 

Así lo ha acordado la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en un auto en el que considera que procede suspender la ejecución de la pena hasta que se resuelvan los indultos, "en correspondencia con los mismos hechos objeto de condena, y circunstancias sociales concurrentes, no conformándose previos antecedentes penales". 

La Sala ha adoptado esta decisión con el visto bueno del Parlament catalán y en contra del criterio de la Fiscalía, que se había opuesto a la suspensión del ingreso en prisión, acordado el pasado 29 de abril por la Audiencia Nacional después de que el Tribunal Supremo revocara la sentencia absolutoria para todos ellos y fijara en tres años la pena de cárcel. 

Para adoptar esta decisión, la Sala invoca el voto particular del presidente de la Sala de lo Penal, Fernando Grande-Marlaska, que al oponerse a la absolución de los acusados señaló que de ser condenados "habría estimado proporcional a las circunstancias" instar "un indulto parcial que permitiera el no ingreso en prisión de aquellos de los acusados sin antecedentes penales", lo que vendría conformado "en las circunstancias sociales concurrentes". 

Los ocho "indignados", que fueron finalmente condenados por un delito contra las instituciones del Estado por participar en los actos de asedio al Parlament, solicitaron en mayo el indulto, y a la espera de que éste se tramite, sus abogados pidieron a la Audiencia Nacional, a la que corresponde la ejecución de la sentencia tras la decisión del Supremo, que suspendiera la entrada en prisión.