El juez que investiga la gestión de Podemos ha archivado la causa en lo referido a los supuestos sobresueldos cobrados por algunos miembros del partido que denunció el abogado José Manuel Calvente, tras descartar que haya delito porque los complementos estaban incluidos en nómina y autorizados por responsables.

En un auto fechado el pasado 11 de marzo, el titular del Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, sobresee esa parte de la investigación.

El exletrado de Podemos José Manuel Calvente y la también exletrada del partido Mónica Carmona denunciaron aumentos en la nómina de la gerente del partido, Rocío Esther Val, y del tesorero, Daniel de Frutos, mediante dos complementos salariales, así como el reintegro a los mismos de gastos por desplazamientos u otros conceptos que consideran indebidos, desproporcionados y por conceptos no autorizados.

Se trata del complemento por Coordinación por importe de 210,32 euros y del complemento por Coordinación Ejecutiva por importe de 400 euros, que según los denunciantes no constan en las tablas salariales del partido y se atribuyeron "unilateralmente", sin acuerdo del Consejo de Coordinación.

El juez explica en cambio que, según la documentación aportada por Podemos recientemente, queda acreditado que el Consejo de Coordinación tuvo conocimiento del gasto de personal referido a 2019, incluidas la totalidad de las retribuciones de la gerente y del tesorero, que luego aprobó el Consejo Ciudadano Estatal.

Así, "no se aprecia por tanto la presunta comisión por su parte de un delito de administración desleal", según el auto que detalla que hubo más personas que recibieron esos complementos.

Sobre el reembolso de gastos a ambos dirigentes de la formación, el magistrado concluye que ha quedado acreditado que dichos gastos fueron aprobados por el Equipo de Finanzas y Transparencia en el caso de Daniel de Frutos y por el Área de Gerencia en el caso de Rocío Esther Val.

Por eso "no se trata de gastos unilateralmente cargados por dichos investigados, sino de gastos aprobados en sus respectivas áreas, por lo que no cabe apreciar indiciariamente irregularidad alguna".

Así el magistrado sobresee la causa en relación con el presunto delito de administración desleal imputado a Rocío Esther Val por la implementación de los complementos salariales y respecto del abono de los gastos por desplazamiento tanto a dicha gerente como a Daniel de Frutos. Contra esta resolución del juzgado cabe recurso de reforma y en apelación.