La decisión fue tomada por la jueza Carmen Lucia Antunes, quien dejó sin efecto el dictamen de un colega de Brasilia que garantizaba la "plena libertad científica" para llevar a cabo supuestas terapias contra la condición de homosexual, práctica prohibida por el Consejo Federal de Psicología de Brasil desde 1999.

El asunto tiene su origen en una demanda interpuesta por un grupo de psicólogos que alegaron el principio de libertad científica para realizar terapias de lo que ellos denominaron como "reversión sexual".

En diciembre de 2017, el juez Waldemar Cláudio de Carvalho, de primera instancia en Brasilia, estimó parcialmente la demanda y avaló este tipo de presuntos tratamientos.

La magistrada respalda la resolución del Consejo Federal de Psicología que vetaba la "cura gay" hasta que el propio tribunal emita una sentencia en firme al respecto.

La llamada Resolución 01/1999 establece que los psicólogos no realizarán ninguna acción que pretenda tratar como una patología comportamientos o prácticas homosexuales, ni tampoco les orientarán a someterse a tratamientos por ello. El Supremo recordó que esa norma dice además que los profesionales no pueden reforzar en sus sesiones los prejuicios sociales existentes.