El Tribunal con sede en Luxemburgo ha afirmado en su
sentencia que estas denominaciones "no pueden ser utilizadas legalmente
para designar un producto puramente vegetal", aun cuando el etiquetado se
complete con "menciones explicativas o descriptivas" que indiquen el
origen vegetal de que se trata.
El fallo responde al caso de una empresa alemana que
comercializa y distribuye alimentos vegetarianos y veganos bajo la marca
'TofuTown', incluidos productos como "mantequilla de tofu",
"queso vegetal", "veggie-cheese" o "cream", y
que ha sido denunciada por publicidad engañosa por una asociación que persigue
la competencia desleal.
La firma 'bio' sostiene que los hábitos de consumo han
evolucionado y el consumidor comprende las características de sus productos, en
los que no aparece de modo aislado la definición láctea, sino que se acompaña
de términos que hacen alusión al origen vegetal del producto.
Sin embargo, el Tribunal europeo ha concluido que el uso de
menciones descriptivas o explicativas "no puede impedir con certeza
cualquier riesgo de confusión" por parte del cliente final.
La normativa comunitaria prevé un listado de excepciones
para productos cuya naturaleza exacta se conozca "claramente" por ser
de utilización tradicional o cuando la denominación se utilice para describir
una cualidad característica del producto.
El fallo del TUE deja claro que ni la soja ni el tofu
aparecen en la relación de excepciones previstas por los Estados miembros."Las denominaciones enumeradas no
pueden ser utilizadas legalmente para designar un producto puramente vegetal,
salvo que ese producto aparezca en la lista de excepciones, cosa que no ocurre
ni con la soja ni con el tofu".