Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las hipotecas vinculadas al IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Lo principal es que abre la vía a que estas sean consideradas abusivas. Será el Supremo español el que tenga que analizar caso por caso.

El Tribunal, con sede en Luxemburgo, determina que los tribunales españoles deberán comprobar que las cláusulas de esas características son "de carácter claro y comprensible". En el caso de que las encuentren abusivas, podrán ser sustituidas "por un índice legal aplicable de manera supletoria, para proteger a los consumidores", como podría ser el euríbor.

En este sentido, precisa el Tribunal que las cláusulas no solo han de ser comprensibles en el plano formal y gramatical, sino que deben "permitir que el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés" para poder valorar las consecuencias económicas de las mismas.

El Tribunal de Luxemburgo adopta esta decisión ante la cuestión prejudicial planteada por el juez Francisco González de Audicana sobre la validez de este índice, que ha mantenido en vilo a consumidores y entidades bancarias durante meses. Ya en septiembre, el Abogado General Maciej Szpunar se pronunció a favor de anular estas hipotecas cuando fueran abusivas.

El fallo del TJUE ahora obligará al Tribunal Supremo a revisar todos los casos uno por uno, aunque ya en 2017 este tribunal avaló la legalidad de estas hipotecas con IRPH. Se estima que hay alrededor de un millón de hipotecas vinculadas a este índice de referencia; podría costarle a la banca española hasta 44.000 millones de euros.

¿Qué es el IRPH y por qué es tan polémico?

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios es un índice oficial que elabora mensualmente el Banco de España. Es conocido por ser el tipo medio que se aplica a los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en nuestro país. Se trata de la segunda referencia más utilizada, por detrás del euríbor.

La polémica por su uso como índice principal se desencadenó entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores cercanos al 2%. En la práctica, esto dejaba a los clientes con IRPH en una situación de desigualdad respecto a los hipotecados con euríbor, cuyas cuotas se fueron reduciendo de forma considerable por la caída progresiva de su índice de referencia.

Los consumidores comenzaron a solicitar entonces al Banco de España la nulidad del IRPH por considerarlo "abusivo" y acabaron llevando su causa a la Justicia. Sin embargo, el Supremo avaló el IRPH en noviembre de 2017, al considerar que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implica falta de transparencia ni abuso alguno.

No obstante, un juzgado barcelonés llevó la cuestión a Luxemburgo. El pasado septiembre, el Abogado General Szpunar ya se pronunció a favor de que los jueces pudieran controlar si el IRPH es abusivo.

Descartaba que el mero hecho de ser un índice oficial diera garantías de transparencia y alertaba de que el cálculo del este índice es "complejo y poco transparente para un consumidor medio", por lo que las entidades deberían dotar de información "suficiente" sobre el método seguido y mencionar la evolución del IRPH en el pasado.

En este Xplica te contamos todo lo que debes saber sobre el IRPH:

¿Es mi hipoteca una de las afectadas?

Si nuestra hipoteca está sujeta al IRPH como índice de referencia, debería figurar en la escritura de la misma, dentro de la cláusula relativa a los tipos de interés.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea determina ahora que las cláusulas que recogen que el tipo de interés de una hipoteca varía en función de un índice de referencia pueden ser abusivas y, en adelante, será la Justicia española quien dicte, en cada caso, si la cláusula que fija el tipo de interés de cada hipoteca es lo suficientemente "clara y comprensible para el consumidor medio", que debe comprender en todo momento las consecuencias económicas de la misma.