El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la creación de juzgados especializados en cláusulas suelo y otros conflictos en materia de contratación hipotecaria al estar motivada de forma "más que suficiente" por la "elevadísima litigiosidad".
En su sentencia, la sala tercera de lo Contencioso-Administrativo desestima el recurso interpuesto por el Consejo General de la Abogacía Española, y sostiene la validez de la resolución del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de mayo de 2017, que habilitó estas sedes.
Los magistrados explican que el acuerdo cita explícitamente la norma que justifica su decisión y que habilita al órgano para que pueda acordar, de manera excepcional y por el tiempo que determine oportuno, que uno o varios juzgados de la misma provincia y del mismo orden asuman determinado tipo de asuntos.
De igual modo, destacan que esta medida vino precedida de un estudio inicial del que se dio traslado a los presidentes de los tribunales superiores de justicia de toda España, a los jueces decanos y a los responsables de las comunidades autónomas, tarea para la que se recabó información del servicio de inspección del CGPJ, de las salas de gobierno y del propio Ministerio de Justicia.
Así pues, la decisión definitiva, la cual sostiene la sala que no es arbitraria, "se encuentra ampliamente documentada; siendo (...) cuestión distinta que a la recurrente no le satisfaga o no le convenza" lo acordado. Al margen de este relato, la sala rechaza en otra sentencia el recurso contra el mismo acuerdo del CGPJ presentado por el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados por falta de legitimación activa, al excederse del ámbito territorial de actuación previsto en el Estatuto de su comunidad autónoma.
Las sedes especializadas comenzaron a funcionar en junio de 2017, cuando entró en vigor el plan de urgencia aprobado por el CGPJ ante el previsible aumento de demandas, después de que meses antes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reconociera la retroactividad para que los afectados por las cláusulas suelo abusivas recuperaran lo abonado de más desde el inicio.
Desde entonces, tanto sindicatos como abogados, plataformas de consumidores y partidos políticos han manifestado su desacuerdo ante un método que, entienden, ha conseguido saturar las cargas de trabajo de los juzgados de primera instancia.
Recientemente, el CGPJ, Justicia y las comunidades autónomas con competencias transferidas (País Vasco, Cataluña, Andalucía, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Canaria, Galicia, Asturias, Cantabria, Aragón y La Rioja) han coincidido en la necesidad de mantenerlos a pesar de sus deficiencias.
Para paliarlas, el órgano judicial se ha comprometido a elaborar un estudio exhaustivo en aquellas zonas que presentan una menor tasa de resolución, con el fin de adoptar medidas específicas y buscar soluciones para cada caso.
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