Los beneficiarios de las nuevas deducciones del IRPF para las familias numerosas y contribuyentes con personas con discapacidad a cargo pueden pedir la devolución anticipada mes a mes de este impuesto negativo.
La entrada en vigor de la reforma fiscal en enero de este año incluye la solicitud del abono anticipado de estas deducciones que oscilan entre los 1.200 euros anuales y los 2.400 euros, en el caso de las familias numerosas.
Estas deducciones se incluirán en la declaración anual del IRPF de 2015, que se presentará en 2016, y el afectado puede solicitar su abono adelantado mensualmente o bien esperar a la presentación de dicha declaración para incluirlo en la misma. En el caso del pago anticipado, la Agencia Tributaria regularizará en la declaración de 2015 las cantidades de los abonos adelantados.
Las deducciones son de 100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad, y de 200 euros en el caso de las familias numerosas de categoría especial. El cálculo será proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos de realizar una actividad por la que se cotice a la Seguridad Social o mutualidad alternativa, y el de tener derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad, o ser ascendiente o hermano huérfano de padre y madre formando parte de una familia numerosa.
El límite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y/o mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes y/o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos. Las deducciones son acumulables entre sí y deben solicitarse cada una de ellas a través del modelo 143.
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