Una sentencia del juzgado de lo Social número 6 de Valencia supone la primera en contra del modelo laboral de Deliveroo que se produce en España. En ella, se da la razón a un extrabajador de la empresa de reparto de comida a domicilio, afirmando que se trata de un "falso autónomo".

De esta manera, para la justicia el despido del trabajador es improcedente, y además, considera que el gasto de Seguridad Social debería corresponder a la empresa.

Según explica el abogado del denunciante en declaraciones que recoge eldiario.es, estos trabajadores deben ser trabajadores por cuenta ajena porque la empresa "controla todo el proceso productivo, desde las horas que debe trabajar el empleado hasta los trabajos que debe realizar".