La Justicia Europea ha abierto la puerta este martes a que las hipotecas con tipos de interés vinculados al IRPH sean consideradas abusivas. Pero, ¿en qué consiste exactamente este índice?

El IRPH, o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, es el segundo más utilizado en nuestro país para constituir hipotecas, por detrás del euríbor. Lo elabora mensualmente el Banco de España y se publica en el Boletín Oficial del Estado. En el vídeo de laSexta Xplica que acompaña a estas líneas te explicamos qué es y cómo funciona el IRPH:

 

¿Cómo se calcula?

Haciendo un promedio de los tipos de interés de todas las hipotecas -tanto a tipo fijo como variable- constituidas en el país que vayan a tener una duración superior a tres años. En este cálculo se incluyen las comisiones, el euríbor, los diferenciales y la TAE. Con ello, el Banco de España elabora una media aritmética simple, en la que todos los bancos cuentan lo mismo (al margen de cuántas hipotecas concedan).

¿Cómo saber si la nuestra es una de las hipotecas afectadas?

Si este es el índice de referencia de nuestra hipoteca, debería aparecer en la escritura, en la cláusula relativa a los tipos de interés.

Lo que ahora ha determinado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es que las cláusulas que recogen que el tipo de interés de una hipoteca varía en función de un índice de referencia pueden ser abusivas. Ahora serán los tribunales españoles quienes, en cada caso, deberán dirimir si la cláusula en la que se establece el tipo de interés de la hipoteca es lo suficientemente "clara y comprensible" para que el "consumidor medio" comprenda sus consecuencias económicas.

La reclamación de los hipotecados con IRPH se remonta a hace varios años, entre 2013 y 2016, cuando el valor de este índice se estabilizó cerca del 2%. El euríbor, en cambio, fue cayendo, por lo que los clientes que tenían el tipo de interés vinculado al IRPH en la práctica resultaban perjudicados.

En 2017, el Supremo avaló las cláusulas del IRPH por considerar que la referencia a un índice oficial no implicaba falta de transparencia. La Justicia Europea, en línea con lo que ya manifestó el Abogado General del TJUE, ahora considera que estas cláusulas sí pueden ser abusivas.