La calefacción central llega a su fin en nuestro país. Los edificios tendrán que adaptarse a la nueva normativa entre mayo de 2022 y el mismo mes de 2023, en función del número de viviendas y de la zona española en la que se encuentren.

Este cambio de calefacción central a contadores individuales supondrá un gran ahorro de costes, así como de emisiones. Así lo ha estimado la Asociación Nacional de Instaladores de Repartidores de Costes de Calefacción (ANIRCA) y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), vinculado al Ministerio para la Transición Ecológica.

Un estudio elaborado entre 2015 y 2018 reveló que la instalación de contadores que controlan el gasto individual en las viviendas con calefacción central genera un ahorro real medio en la factura de calefacción del 29,60% a los dos años de su instalación.

Esta investigación se llevó a cabo en 396 viviendas con calefacción central de la Comunidad de Madrid y fue supervisado y certificado por los administradores de fincas de dichas comunidades de propietarios. Con ella, descubrieron que la instalación de repartidores de costes de calefacción supone un ahorro significativo de energía y en la factura para el usuario.

La medida que se recoge en el decreto publicado en agosto de 2020 por el Gobierno afectará a, al menos, 1,7 millones de viviendas en España. Al mismo tiempo, evitará el despilfarro energético y la emisión a la atmósfera de 2 millones de toneladas de CO2 al año.

Los plazos que tienen los edificios para adaptar los contadores

Según recoge el decreto publicado por el Gobierno el 6 de agosto de 2020, estas eran las fechas límite para obtener un presupuesto en función del uso, número de viviendas y zona climática:

  • 1 de febrero de 2021 para edificios de uso diferente al de vivienda y, en la zona climática E, para edificios de 20 o más viviendas.

  • 1 de julio de 2021 en la zona climática E para edificios de menos de 20 viviendas, y en la zona climática D para edificios de 20 o más viviendas.

  • 1 de diciembre de 2021 en la zona climática D para edificios de menos de 20 viviendas y en la zona climática C para edificios de 20 o más viviendas.

  • 1 de febrero de 2022 en la zona climática C para edificios de menos de 20 viviendas.

Si el resultado del presupuesto solicitado acredita la viabilidad técnica y rentabilidad económica, "el titular deberá proceder a la instalación de los sistemas de contabilización individualizada en un plazo máximo de quince meses a contar desde las fechas previstas". Así lo recoge la normativa publicada por el Ejecutivo.

Así las cosas, los equipos de contadores individuales tendrán que estar instalados en las siguientes fechas:

  • 1 de mayo de 2022 para edificios de uso diferente al de vivienda y, en la zona climática E, para edificios de 20 o más viviendas.
  • 1 de octubre de 2022 en la zona climática E para edificios de menos de 20 viviendas, y en la zona climática D para edificios de 20 o más viviendas.
  • 1 marzo de 2023 en la zona climática D para edificios de menos de 20 viviendas y en la zona climática C para edificios de 20 o más viviendas.
  • 1 de mayo 2023 en la zona climática C para edificios de menos de 20 viviendas.