El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el viernes el real decreto ley aprobado el jueves por el Consejo de Ministros para modificar las leyes que regulan el impuesto sobre actos jurídicos documentados y el impuesto de sociedades.

El texto, que impide a los bancos desgravarse el gravamen de las hipotecas del Impuesto de Sociedades, entra en vigor hoy pero deberá ser convalidado en el Congreso.

El Gobierno impulsó el cambio legal tras la decisión del pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de rectificar las tres sentencias que dictó en octubre según las cuales debían ser los bancos, y no los clientes, los que pagaran el impuesto.

Tras dos jornadas de debate, el pleno decidió el pasado martes volver a la doctrina anterior, que hacía recaer el gravamen en los clientes.

El real decreto ley modifica el artículo 29 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para establecer que, al escriturar préstamos con garantía hipotecaria, el sujeto pasivo del tributo será el prestamista, es decir, el banco.

Además, cambia el artículo 45 para eximir a los bancos de pagar el impuesto cuando concedan hipotecas a determinadas instituciones como el Estado, las administraciones públicas o entidades culturales, científicas o de beneficencia.

Esta exención, que ya se aplicaba cuando el impuesto lo pagaban los clientes, se extiende a los partidos políticos con representación parlamentaria y a las iglesias y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado.

A pesar de los cambios legales impulsados por el Gobierno, los clientes que han pagado el impuesto en los últimos años han protestado en los últimos días contra la actuación del Tribunal Supremo.