La ayuda de 200 euros ya se puede pedir desde el pasado 15 de febrero (y hasta el 31 de marzo). Los que ya la han pedido y han completado por tanto la 'Solicitud de ayuda de 200 euros para personas físicas' en la web electrónica de la Agencia Tributaria ya habrán recibido la notificación de la Agencia Tributaria. En el caso de que les hayan denegado el cheque, podrán consultar el motivo en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La propia entidad incorporará los datos necesarios para poder acceder a dicha información. Si el solicitante no está de acuerdo, aún revisando los requisitos de esta prestación, debe presentar presentar una reclamación en los siguientes 10 días.
Los requisitos para esta prestación de 200 euros son:
- Residencia habitual en España
- Los ingresos no pueden superar los 27.000 euros brutos de renta y 75.000 de patrimonio anual a 31 de diciembre de 2022
- Haber realizado alguna actividad por cuenta propia o ajena en 2022 que haya supuesto alta en la Seguridad Social
- Haber obtenido un beneficio de la prestación o subsidio por desempleo.
Para calcular los ingresos deben sumarse las rentas y el patrimonio de todos los convivientes del mismo domicilio. Del mismo modo, tampoco podrán beneficiarse de esta ayuda las personas que, a 31 de diciembre de 2022, cumplan con alguno de estos requisitos: perciban el Ingreso Mínimo Vital o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil.
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Cuándo ingresan la ayuda de 200 euros
En el caso de que no reciba el pago de la ayuda ni tampoco una notificación en los tres meses siguientes a la finalización del plazo de presentación, la solicitud se entenderá como "desestimada". "Contra esta desestimación presunta se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa", añade el BOE. ¿Y cuándo ingresan esta ayuda de 200 euros? En los tres meses siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Es decir, antes del 30 de junio de 2023. El ingreso se hará por transferencia bancaria. En el caso de que se le conceda, cabe señalar que el cheque debe ser incluido en la declaración de la renta. Es decir, tendrán contabilizarlo como una ganancia patrimonial (por lo que tendrá que ser incluido dentro de los ingresos gravados por el IRPF) aquellas rentas entre 22.000 euros -por debajo están exentos de hacer la declaración- y los 27.000 euros del límite para solicitarla.