A partir del 16 de junio, las entidades no podrán conceder una hipoteca si uno de los prestatarios que la solicitan no cumple con los criterios de solvencia exigidos. Así pues, los bancos deberán hacer una rigurosa evaluación de solvencia de los clientes para determinar si podrán o no pagar el préstamo durante el periodo de tiempo comprendido.
Las entidades bancarias podrán requerir documentación que antes no se reclamaba a los clientes para demostrar esta solvencia. Además, será necesario que todos los prestatarios superen la evaluación para que se conceda la hipoteca. Es decir, que si una pareja solicita el préstamo pero uno de los miembros no cumple los criterios, el banco no podrá financiar la compra de la vivienda.
El objetivo es aportar más responsabilidad tanto a quien concede la hipoteca como a quien la pide, con el fin de que no se den hipotecas a los clientes que no puedan responder a los pagos.
Hasta el momento, no habrá un modelo de evaluación consensuado, sino que será cada entidad la que tendrá su propio proceso para evaluar la solvencia. Así pues, los empleados de los bancos no podrán conceder hipotecas sin que su personal esté correctamente formado, por lo que deberán completar varios cursos y adquirir una certificación que indique las capacidades de evaluación.
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