El Gobierno tiene ha aprobado en el Consejo de Ministros de este martes la reforma del sistema de cotización de los trabajadores autónomos. En ella se incluyen las nuevas cuotas a pagar que se calculan en función a los rendimientos netos y que oscilan entre los 200 y los 590 euros al mes entre 2023 y 2025.

Esta reforma ha sido aprobada mediante decreto ley y que recoge una subida progresiva de las bases de cotización al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), vinculado a las cuotas a los rendimientos netos. Estos cambios llegan después de haber sido pactadoscon la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) y la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (Uatae).

Objetivo: cotización según los ingresos reales en 2032

A efectos prácticos, esta reforma fija las cuotas según los tramos de ingresos de la cotización de los autónomos en 2023, 2024 y 2025. El objetivo final es que en 2032 los autónomos coticen en función de sus ingresos reales, siendo estos tres años la primera parte del régimen transitorio que se irá introduciendo progresivamente.

El pasado miércoles, cuando se consiguió el acuerdo con las asociaciones, después de nueve meses de negociación, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá aseguró que con el nuevo esquema se reducen las cuotas a pagar para la mitad de los 3,3 millones de trabajadores autónomos que existen actualmente en España frente al sistema actual.

De esta forma, se reducirán las cantidades a abonar para los que menores ingresos tienen, los autónomos con ingresos intermedios se mantendrá en unas cuotas similares a las actuales y los que obtienen mayores rendimientos netos tendrán que pagar una cuota mayor.

Estos son los nuevos tramos y cuotas

Para realizar el cálculo de los rendimientos netos, se deducirán de los ingresos todos los gastos que genere el ejercicio de la actividad, además, se aplicará adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% de los rendimientos netos, que será del 3% en el caso de los autónomos societarios.

Estos rendimientos netos son los que marcan si se debe cotizar en una cuota u otra, que además, se puede modificar cada dos meses para ajustarla a los rendimientos. No obstante, es solo una estimación, al final del año, en función de los rendimientos netos finales proporcionados por la Agencia Tributaria, la Seguridad Social ajustará las cuotas.

En este sentido, la reforma contempla 15 tramos de rendimientos netos, que fijan una primera cuota de 230 euros en 2023 para los autónomos con rendimientos netos inferiores a 670 euros. En 2024, esta cuota mínima bajará a 225 euros y se reducirá a 200 euros en 2025.

Por otra parte, la reforma establece una cuota reducida de 80 euros mensuales para los nuevos autónomos durante los 12 primeros meses, prorrogable por otros 12 meses en caso de que los rendimientos durante el primer año sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).