Frente abierto

Alquiler Seguro niega las acusaciones de Consumo y afirma que presentará alegaciones a la propuesta de sanción

Los detalles Alquiler Seguro rechaza las acusaciones de llevar a cabo prácticas abusivas en la gestión del alquiler y tacha la propuesta de sanción de 3,6 millones de "abusiva y desproporcionada".

Vivienda en alquiler en Palma.

Alquiler Seguro confirmó este martes que ha recibido la propuesta de sanción del Ministerio de Consumo que le impone una multa de 3,6 millones por prácticas que vulneran los derechos de los inquilinos y anunció que presentará alegaciones durante el plazo correspondiente para defender la legalidad de sus servicios.

En un comunicado, la empresa afirma que cumple con la ley y rechaza las acusaciones de llevar a cabo prácticas abusivas en la gestión del alquiler. "Todos los servicios que Alquiler Seguro ofrece a propietarios e inquilinos son transparentes, públicos y voluntarios, incluidos los gastos de gestión y formalización del contrato, que recaen exclusivamente en el arrendador, tal y como viene recogido en el contrato de prestación servicios"; asegura la compañía.

Asimismo, señala que encuentra que el importe que el Ministerio de Consumo fija en la propuesta de sanción es "abusivo y desproporcionado". "Alquiler Seguro rechaza la imposición de cualquier tipo de sanción y defenderá la legalidad de sus acciones en la fase de alegaciones", destaca.

Por otra parte, Alquiler Seguro indicó que tres sentencias judiciales "avalan la legalidad de su servicios" y señaló que este mismo lunes una nueva resolución judicial corroboró que "todos los servicios que ofrece son voluntarios y que generan un beneficio para sus clientes". "Esta sentencia judicial, se suma a otras dos sentencias que dan a la razón a la compañía, sumando un total de tres sentencias de tres ganadas por la empresa, donde la Justicia rechaza las acusaciones en nuestra contra", indicó.

La compañía recordó que la voluntariedad en la suscripción de los servicios de Alquiler Seguro, y específicamente, del Servicio de Atención al Inquilino (SAI), ha sido reconocido en hasta tres procedimientos judiciales por tres tribunales que han analizado su alcance y su aplicación.

También señaló que el Juzgado de Primera Instancia número 104 de Madrid desestimó una demanda contra la empresa por el cobro de este servicio, aclarando que "no solo no es abusivo ni supone una imposición, sino que incluye todo un conjunto de prestaciones voluntarias que resultan de utilidad para los inquilinos durante toda la vigencia del contrato de alquiler".

El fallo establece que la empresa ofreció un contrato de servicio de atención al inquilino "sin ningún tipo de imposición, pudiendo optar la parte actora por arrendar directamente la vivienda sin intermediación de la demandada". El juzgado desestimó la demanda de un inquilino que reclamaba la devolución del importe de contratación de este servicio, alegando no solo que lo contrató de forma voluntaria, sino que se benefició de las prestaciones que incluye en repetidas ocasiones. "La incidencias comunicadas por los arrendatarios fueron superiores a la media del resto de contratos de arrendamiento gestionados por la demanda, sin que pidieran la cancelación del contrato", recoge el texto.

La sentencia confluye afirmando que "acreditado que tuvo lugar una relación contractual entre las partes que fue objeto de desarrollo para el fin contenido en el contrato suscrito por las partes, la pretensión de devolución del precio abonado por la misma carece de fundamento objetivo alguno, de conformidad con el precepto transcrito más arriba, por el que debe desestimarse la demanda".

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