Tajante medida del Ministerio del Interior contra el racismo, xenofobia y discriminación en el deporte nacional después de que el 'caso Vinicius' volcase el vaso de permisibilidad que se venía dando en España desde hace tiempo.

El Gobierno ha establecido la suspensión y desalojo de los eventos deportivos en los que se produzcan incidentes racistas.

Para ello, ha reforzado los instrumentos a disposición de las Fuerzas de Seguridad para la prevención y respuesta frente a conductas y actitudes de racismo, xenofobia y, en general, cualquier expresión de discriminación o intolerancia en los espectáculos deportivos.

Además, se ha creado la figura del Coordinador de Seguridad, un puesto introducido por la Ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia.

Este podrá proponer al árbitro o juez deportivo del evento no iniciar, paralizar o suspender su celebración, así como desalojar parte o todo el recinto para poner fin a los incidentes.

Los tres supuestos que Interior prevé

  • Cuando una persona física o jurídica emita declaraciones con intención de amplia difusión o transmita informaciones en las que una persona o grupo sea amenazada, insultada o vejada por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, así como por la religión, las convicciones, la discapacidad, la edad, la orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.
  • Los actos de acoso en el recinto en el que se desarrolla la prueba, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos que tengan la misma motivación y cuyo objetivo o consecuencia sea atentar contra la dignidad del acosado y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo.
  • Las declaraciones, gestos o insultos proferidos en los mismos espacios, así como la entonación de cánticos, sonidos o consignas y la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios para cualquier persona por las mismas razones, así como los que inciten al odio entre personas y grupos o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución.

Cabe reseñar que la Ley tipifica como infracción cualquier conducta que suponga comportamientos violentos, racistas, xenófobos e intolerantes.