La Fiscalía Anticorrupción recurre el auto del juez del caso Negreira, Joaquín Aguirre, que imputó al presidente del Barça, Joan Laporta, al considerar que los delitos que se le atribuyen habrían prescrito, cualquiera que fuera el tipo penal aplicable.
El Ministerio Público considera que el inicio del cómputo del plazo de prescripción para Laporta comenzaría cuando dejó la presidencia del Barça, en 2010, fecha en la que se habría producido el último hecho delictivo.
Habiendo transcurrido más de diez años hasta que se presentó la denuncia de la Fiscalía (2023) que, además, no se dirigía contra él, estos posibles delitos estarían prescritos, cualquiera que fuera el tipo penal aplicable (incluido el posible cohecho, cuestión sobre la que la Fiscalía no se pronuncia).
La Fiscalía defiende que no tiene sentido, "aún construyendo el delito continuado, como hace el juez, que se persiga a un presidente por los hechos cometidos por el siguiente".
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"Ni Rosell responde por lo que hizo Bartomeu después, ni Laporta por lo que hicieron estos dos presidentes que le sucedieron en el cargo", argumenta el escrito.
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